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Documento BORME-C-2003-249000

AGUAS DESALADAS DEL CAMPO DE CARTAGENA, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) DESALADORA DE MURCIA, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 249, páginas 36371 a 36371 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-249000

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, en las respectivas Juntas Generales de Accionistas de Aguas Desaladas del Campo de Cartagena, Sociedad Anónima y de Desaladora de Murcia, Sociedad Anónima, celebradas ambas el 28 de noviembre de 2003, se aprobó la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Aguas Desaladas del Campo de Cartagena, Sociedad Anónima de Desaladora de Murcia, Sociedad Anónima con disolución, sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso íntegro de la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, la cual se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquélla. La fusión se acordó con ampliación de capital en la sociedad absorbente en la cantidad de 5.562.000 euros mediante la emisión de 180 acciones con un valor nominal de 30.900 euros cada una, y una prima de emisión de 378,28 euros por acción, acciones que se emitirán con los mismos derechos y obligaciones que las existentes, cifra necesaria para atender al canje de las acciones de Desaladora de Murcia, Sociedad Anónima en los términos establecidos. No se conceden ventajas ni a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión ni al experto independiente. Los acuerdos de fusión se adoptaron en base a los Balances de fusión de cada una de las sociedades participantes, cerrados al 31 de marzo de 2003, que fueron aprobados en las respectivas Juntas Generales de Accionistas antes referidas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de los accionistas y de los acreedores de cada una de las sociedades que participan en el proceso de fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que, durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de los acuerdos de fusión, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan pueden oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Fuente Álamo (Murcia), 28 de noviembre de 2003.-El Consejero-Secretario del Consejo de Administración, Don Joaquín Jiménez Bruno, de Aguas Desaladas del Campo de Cartagena Sociedad Anónima y de Desaladora de Murcia, Sociedad Anónima.-57.832. y 3.a 31-12-2003.

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