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Documento BORME-C-2003-26013

COFRILESA, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad escindida) TIGER FOODS, SOCIEDAD LIMITADA CARSANVI INVESTMENTS, SOCIEDAD LIMITADA (De nueva creación, beneficiarias de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 26, páginas 3187 a 3187 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-26013

TEXTO

Anuncio de escisión Se hace público que la Junta general de socios de la mercantil "Cofrilesa, Sociedad Limitada", celebrada el día 27 de enero de 2003, acordó la aprobación del Balance de escisión de la sociedad de fecha 6 de octubre de 2002, así como la escisión parcial de "Cofrilesa, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, que sin extinguirse, segregará una parte de su patrimonio, consistente en los Activos y Pasivos afectos a la actividad empresarial desarrollada por la compañía en Ávila, traspasando en bloque la parte segregada, constitutivas de dos unidades económicas autónomas, a las sociedades "Tiger Foods, Sociedad Limitada" y "Carsanvi Investments, Sociedad Limitada", ambas de nueva creación, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el Administrador de la sociedad escindida y depositado en el Registro Mercantil de Lugo con fecha 23 de enero de 2003.

No existen en la sociedad escindida titulares de derechos especiales distintos a los que concede la cualidad de socio.

No se reconocen ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades participantes en la escisión. La totalidad de las operaciones realizadas en relación con la parte del patrimonio escindido de "Cofrilesa, Sociedad Limitada", se considerarán realizadas a efectos contables por las nuevas sociedades a partir del 31 de diciembre del 2002.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida a obtener de forma gratuita el texto íntegro de los acuerdas adaptados y del balance de escisión.

Los acreedores de la sociedad escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Lugo, 31 de enero de 2003.-El Administrador único de "Cofrilesa, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, Perfecto Antonio Casero Gil.-3.624.

y 3.a 7-2-2003.

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