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Documento BORME-C-2003-41000

ACCIONA LOGÍSTICA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 5079 a 5084 (6 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-41000

TEXTO

Oferta pública de adquisición de acciones de "Compañía Trasmediterránea, Sociedad Anónima" Que formulan, conjuntamente, "Acciona Logística, Sociedad Anónima", Caja de Ahorros del Mediterráneo, "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima" y "Naviera Armas, Sociedad Anónima".

La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado con fecha 25 de febrero de 2003 la oferta pública de adquisición de acciones de "Compañía Trasmediterránea, Sociedad Anónima", formulada conjuntamente por "Acciona Logística, Sociedad Anónima", Caja de Ahorros del Mediterráneo, "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima" y "Naviera Armas, Sociedad Anónima" (la "oferta"), que se regirá por las normas de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y del Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio, sobre ofertas públicas de adquisición de valores y demás normas de aplicación, con las siguientes condiciones esenciales: I. Identificación de la sociedad afectada La sociedad afectada por la presente oferta es "Compañía Trasmediterránea, Sociedad Anónima" (en lo sucesivo, la sociedad afectada, o "Trasmediterránea"), con domicilio en Alcalá, 61, 28014 Madrid, y con código de identificación fiscal A-28018075.

II. Identificación de las entidades oferentes Las entidades oferentes son: (i) "Acciona Logística, Sociedad Anónima", anteriormente denominada "Sociedad Constructora Ferroviaria, Sociedad Anónima", domiciliada en avenida de Europa, número 18, Parque Empresarial La Moraleja, Alcobendas, Madrid 28108, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 8.954, libro 0, folio 92, sección 8.a, hoja M-144092, inscripción 2.a, y con código de identificación fiscal número A-08015455.

"Acciona Logística, Sociedad Anónima", es una compañía integrante del grupo de sociedades cuya entidad dominante es "Acciona, Sociedad Anónima", la cual posee directa e indirectamente el 100 por 100 de su capital.

"Acciona Logística, Sociedad Anónima", tiene por objeto, entre otras actividades, la explotación del ramo del transporte aéreo, marítimo y terrestre, tanto en vehículos automóviles como ferrocarril, de viajeros y mercancías, tanto público como privado, incluyendo actividades de transportes, transitario, centros de información y distribución de cargas, almacenaje y distribución, la agrupación y facilitación de las llegadas y salidas a través de estaciones de pasajeros o de mercancías, e intermediación en el transporte, tanto nacional como internacional.

(ii) Caja de Ahorros del Mediterráneo, domiciliada en la calle San Fernando, número 40, Alicante 03001, inscrita en el Registro Especial de Cajas de Ahorros Benéficas con el número 2090, en el Registro de Cajas de Ahorros de la Comunidad Valenciana con el número 12 y en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1.358 general, folio 1, hoja número A-9358, con código de identificación fiscal número G-03046562.

Caja de Ahorros del Mediterráneo es la cabecera del grupo de sociedades en el que se íntegra.

Caja de Ahorros del Mediterráneo es una institución de carácter y fines benéfico-sociales, cuya función primordial consiste en la difusión de la práctica del ahorro, su captación y administración, destinando los excedentes líquidos obtenidos a constituir reservas para la mejor garantía de sus impositores, y a crear, sostener y auxiliar obras benéficas, sociales y culturales, siempre que su situación patrimonial y financiera lo permita.

(iii) "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", domiciliada en avenida Bartolomé de Roselló, número 18, 07800 Ibiza, inscrita en el Registro Mercantil de Ibiza al tomo 9, folio 119, libro 9, sección 8.a, hoja número IB-402, inscripción 1.a, y con código de identificación fiscal número A-45010808.

"Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", tiene por objeto, entre otras actividades, la realización de operaciones de oferta conjunta de servicios turísticos que mejoren las condiciones de contratación.

(iv) "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", domiciliada en avenida Bartolomé de Roselló, número 18, 07800 Ibiza, inscrita en el Registro Mercantil de Ibiza al tomo 6, folio 136, libro 6, sección 8.a, hoja número IB-262, ínscripcíón 1.a, y con código de identificación fiscal número A-07014913.

"Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", tiene por objeto la compraventa de materiales para la construcción y la fabricación y venta de materiales para la construcción.

(v) "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima", domiciliada en muelle Tomás Olabarrí, 4-5.o derecha, barrio de Las Arenas, Guecho, Vizcaya, inscrita en el Registro Mercantil de Vizcaya al tomo 30"5, libro 75 de la sección tercera, folio 245, hoja número 1031, y con código de identificación fiscal número A-48002596.

"Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima", es cabecera de un grupo de empresas denominado "Grupo Aznar".

"Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima", tiene por objeto la explotación de remolcadores, buques, aljibes, gabarras, dragas, ganguiles, manantiales de agua, embarcaciones de salvamento y auxilio, así como la explotación de embarcaciones de recreo, turismo, etc., pudiendo fletar y arrendar a otras sociedades sus unidades y cualesquiera otras semejantes operaciones necesarias o convenientes.

(vi) "Naviera Armas, Sociedad Anónima", domiciliada en la calle Dr. Juan Domínguez Pérez, número 2, El Sebadal, 35008 Las Palmas de Gran Canaria, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas al tomo 51, folio 167, libro 32, hoja número 412, inscripción 1.a, y con código de identificación fiscal número A-35008853.

"Naviera Armas, Sociedad Anónima", tiene por objeto, entre otras actividades, el transporte marítimo de personas y mercancías en buques propios o ajenos, debidamente contratados; la adquisición, arrendamiento, fletamento y venta de toda clase de naves; la agencia o consignación de buques propios o ajenos, tanto nacionales como extranjeros; la realización de las operaciones de carga, estíba, desestiba y descarga de toda clase de mercancías en buques, así como el despacho, recepción y entrega de mercancías en buques.

Conjuntamente, las "entidades oferentes".

III. Acuerdos entre las entidades oferentes y Sociedad Española de Participaciones Industriales, accionista mayoritario de la sociedad afectada Con fecha 30 de julio de 2002 el Consejo de Administración de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales acordó adjudicar el proceso de privatización de 5.755.349 acciones, representativas del 95,24 por 100 del total capital social de "Trasmediterránea", iniciado el 5 de marzo de 2002 a través de un concurso público, al consorcio integrado por las entidades oferentes en atención al plan industrial presentado y al precio y garantías ofrecidas en su oferta vinculante (la "oferta adjudicataria").

Con fecha 1 de agosto de 2002, las entidades oferentes, por una parte, y Sociedad Española de Participaciones Industriales, accionista mayoritario de la sociedad afectada, por la otra, suscribieron un contrato de promesa de compraventa mediante el cual las entidades oferentes se comprometieron a efectuar la presente oferta, y, por su parte, Sociedad Española de Participaciones Industriales se comprometió irrevocablemente a aceptarla. La ejecución de la compraventa se condicionó suspensivamente a la obtención por Sociedad Española de Participaciones Industriales de la autorización del Consejo de Ministros a la venta de la participación que ostenta en la sociedad afectada y a la autorización por la Comisión Nacional del Mercado de Valores de esta oferta.

Adicionalmente, las entidades oferentes se comprometieron a cumplir con el plan industrial presentado con la oferta adjudicataria, cuyos puntos principales se describen en el apartado XIII siguiente, y a cumplir, hasta el 2 de enero de 2008, con los siguientes compromisos: (i) Mantenimiento de una participación mínima en la sociedad afectada no inferior al 51 por 100 del capital social que asegure la mayoría y el control de la misma y de la integridad, así como no alteración de posiciones de mayorías y minorías en el grupo comprador.

(ii) Mantenimiento de la plantilla fija de "Trasmediterránea" existente en el momento de la ejecución de la compraventa y de sus condiciones laborales existentes en dicha fecha, sin perjuicio de los cambios que puedan producirse en el futuro como consecuencia de los mecanismos habituales de negociación laboral y específicamente si ha habido acuerdo con las organizaciones sindicales.

(iii) Mantenimiento de la sede social de "Trasmediterránea" en España.

(iv) Mantenimiento de la unidad de "Trasmediterránea" y sus filiales mayoritarias.

(v) Mantenimiento de los fondos propios en una cuantía no inferior a los que figuren en el balance auditado de la sociedad afectada a 31 de diciembre de 2001, una vez realizada la distribución de resultados acordada en la Junta general.

En relación a los contratos vigentes con el Estado español, las entidades oferentes han asumido la continuidad de las actividades comprometidas, así como el cumplimiento de las mismas hasta su finalización.

Las entidades oferentes tienen reguladas por acuerdo de 7 de junio de 2002 las relaciones entre sí en tanto que potenciales accionistas de "Trasmediterránea", incluyendo el régimen de transmisión de las acciones que adquirieran de "Trasmediterránea", el funcionamiento y composición de los órganos de gobierno y administración, y otras materias según se describen con mayor detalle en el apartado XIII siguiente. Este contrato y, una vez que concluida la liquidación de la oferta con resultado positivo, los Estatutos de "Trasmediterránea" serán todos los pactos y acuerdos entre las entidades oferentes en su condición de accionistas de la sociedad afectada.

IV. Valores a los que se extiende la oferta La oferta tiene por objeto un total de 6.043.149 acciones de la sociedad afectada, con un valor nominal de euros 3,01 cada una de ellas, representativas del 100 por 100 del capital social de la sociedad afectada, que asciende a euros 18.189.878,49.

Las acciones de la sociedad afectada están admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, donde cotizan en los Mercados de Corros, se encuentran íntegramente suscritas y desembolsadas, están representadas en anotaciones en cuenta y otorgan a sus titulares idénticos derechos políticos y económicos, no existiendo acciones sin voto o de clases especiales.

Las acciones objeto de la presente oferta deberán comprender todos los derechos políticos y económicos, cualquiera que sea su naturaleza, que les pudieran corresponder en el momento de la presentación de esta oferta ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Las acciones a las que se extiende la oferta deberán ser transmitidas libres de cargas y gravámenes o derechos de terceros por persona legitimada para transmitirlas según los asientos del registro contable, de forma que las entidades oferentes adquieran la propiedad irreivindicable de acuerdo con el artículo 9 de la Ley del Mercado de Valores.

Cada una de las entidades oferentes se obliga a adquirir y a efectuar el pago correspondiente al número de acciones que acepten la oferta que resulten de aplicar los porcentajes indicados en la siguiente tabla. Ello no obstante, en cumplimiento de los compromisos adquiridos con Sociedad Española de Participaciones Industriales, la obligación de pago por las entidades oferentes del precio de todas las acciones respecto de las cuales se acepte la oferta tiene carácter solidario.

Los porcentajes en que las acciones que se adquieran en la oferta se distribuirán entre las entidades oferentes serán los siguientes: Entidad oferente, porcentaje: "Acciona Logística, Sociedad Anónima": 55 por 100 (hasta 3.323.732 acciones).

Caja de Ahorros del Mediterráneo: 15 por 100 (hasta 906.472 acciones).

"Agrupación Hotelera Dólíga, Sociedad Anónima": 9,6 por 100 (hasta 580.142 acciones).

"Suministros Ibiza, Sociedad Anónima": 2,4 por 100 (hasta 145.036 acciones).

"Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima": 10 por 100 (hasta 604.315 acciones).

"Naviera Armas, Sociedad Anónima": 8 por 100 (hasta 483.452 acciones).

Cuando como consecuencia de aplicar los porcentajes que corresponden a cada entidad oferente al número de acciones objeto de aceptación correspondiesen cuotas de copropiedad en una misma acción a dos o más entidades oferentes, se atribuirá la acción en plena propiedad a la entidad oferente que tuviera una mayor cuota en la copropiedad de dicha acción, que pasará a ser su total y único titular.

Para el caso de que el número de aceptaciones sea inferior al 100 por 100 superándose el límite mínimo, o bien en fase de liquidación se renuncie a dicho límite, las distintas entidades oferentes se adjudicarán un número de acciones igual al resultado de multiplicar los anteriores porcentajes por el número de acciones objeto de aceptación.

La contribución de cada una de las entidades oferentes al abono de la contraprestación ofrecida será el resultado de multiplicar el número de acciones adquiridas por cada una de ellas conforme a la regla de adjudicación prevista en el cuadro anterior por el precio ofrecido por acción (euros 45).

V. Contraprestación ofrecida por los valores La presente oferta se formula como compraventa.

Las entidades oferentes ofrecen a los accionistas de la sociedad afectada la cantidad de 45 euros por acción, lo que representa un 1.495 por 100 de su valor nominal. La contraprestación será hecha efectiva en metálico en la forma y fecha previstas en el apartado X siguiente.

Las entidades oferentes han solicitado un informe de valoración de la sociedad afectada a "KPMG Asesores, Sociedad Limitada", como experto independiente. A estos efectos, se hace constar que "KPMG Peat Marwick Auditores, Sociedad Limitada", es auditor de Caja de Ahorros del Mediterráneo. El informe se adjunta al folleto explicativo de la oferta. Los criterios de valoración considerados por "KPMG Asesores, Sociedad Limitada", han sido, además de los criterios de valoración mínimos exigidos en el Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio, (valor teórico contable de las acciones, valor liquidativo de "Trasmediterránea", cotización medía de las acciones durante el último semestre, precio de la última oferta pública de adquisición de acciones, en su caso), el de descuento de flujos de caja y el de aplicación de múltiplos de compañías cotizadas comparables.

"KPMG Asesores, Sociedad Limitada", concluye que en el contexto de la presente oferta, y tras tener en cuenta de forma conjunta y con justificación de su respectiva relevancia los criterios indicados, los métodos que mejor se adecuan para la valoración de las acciones de "Trasmediterránea" y que están detallados en el informe de valoración son el descuento de flujos de caja y el de múltiplos de compañías comparables. Conforme a estos métodos, el valor por acción de "Trasmediterránea" se sitúa entre 27,87 y 44,25 euros por acción, siendo la contraprestación ofrecida por las entidades oferentes superior al rango de valoración estimado por "KPMG Asesores, Sociedad Limitada".

Respecto a los otros métodos de valoración aplicados, hay que señalar lo siguiente: Valor teórico contable: A partir del valor teórico contable resultarían los siguientes importes por acción de "Trasmediterránea": 52,08 euros por acción, 51,17 euros por acción y 53,97 euros por acción, obtenidos, respectivamente, del balance de situación consolidado auditado a 31 de diciembre de 2001, el balance de situación consolidado no auditado a 30 de junio de 2002 y el balance de situación estimado a 31 de diciembre de 2002. No obstante, de acuerdo con el informe de valoración, el criterio del valor teórico contable es un criterio estático que no tiene en consideración la capacidad de generación de beneficios y flujos de caja de la sociedad afectada y, por tanto, no incluye en los resultados de la valoración las expectativas del futuro de sus negocios. El rango de valores de "Trasmediterránea" que resulta de la aplicación del descuento de flujos de caja y de múltiplos de compañías comparables es inferior al valor teórico contable.

Esta situación se produce cuando la rentabilidad esperada de una compañía en relación con los activos afectos a la actividad es inferior al coste medio ponderado estimado de los recursos empleados en financiar dichos activos. Esta circunstancia puede darse bien porque no se haya producido una adecuada relación entre la rentabilidad obtenida y los volúmenes de inversión efectuados, o bien por la proporción entre recursos propios y recursos ajenos destinados a la financiación de los activos, especialmente en situaciones de ajustada rentabilidad de los activos en comparación con el coste de los recursos propios, o bien por una combinación de ambos factores. En sectores cada vez más competitivos, como es el caso de "Trasmediterránea", los niveles de rentabilidad son cada vez más ajustados, exigiendo una optimización de la eficiencia en la determinación de los volúmenes de inversión, así como en la definición de la estructura financiera.

Adicionalmente, el informe de valoración incluye un análisis sobre compañías comparables en el que se pone de manifiesto que el ratio medio que representa el valor de capitalización bursátil sobre los fondos propios para el conjunto de empresas estudiadas es de 0,83.

Valor liquidativo: De acuerdo con el informe de valoración, el valor liquidativo de una sociedad es el que se obtendría en caso de proceder a la realización de todos sus activos, así como a la liquidación de todos sus pasivos y el pago de todos los costes causados por el cese definitivo de su actividad, compuestos principalmente por los gastos teóricos de indemnización al personal y por otros gastos legales y de desmantelamiento que se originarían en caso de liquidación de la sociedad. Teniendo en cuenta que la dirección de "Trasmediterránea" ha confirmado a "KPMG Asesores, Sociedad Limitada", que, dadas las características de la flota, es razonable considerar su valor teórico contable conjunto como valor liquidativo, que ha facilitado al experto copia de la carta emitida por "Alta Shipping, Sociedad Anónima", en enero de 2003 (sociedad cuya actividad principal es la de intermediación en la compraventa de buques), y que en dicha carta esta sociedad de "brokerage" manifiesta que, en su opinión, estiman que el valor neto contable de la flota de "Trasmediterránea" previsto a 31 de diciembre de 2002 refleja unos precios muy en línea con el comportamiento y la situación actual del mercado de compraventa de buques, así como otra infor mación relativa a los gastos teóricos estimados de indemnización al personal, "KPMG Asesores, Sociedad Limitada", considera que el valor liquidativo no sería nunca superior al precio de la oferta, por lo que no se ha considerado necesario efectuar una valoración de "Trasmediterránea" en el supuesto de liquidación.

Cotización media del último semestre: "KPMG Asesores, Sociedad Limitada", considera que, teniendo en cuenta la escasa representatividad de los volúmenes de contratación de "Trasmediterránea", el valor de cotización no es un método adecuado para estimar el valor de las acciones de "Trasmediterránea" y no refleja su valor real.

Precio de la última oferta pública de acciones: Dado que no se ha producido ninguna oferta pública de acciones en los plazos establecidos por la ley, el criterio de valoración que hace referencia al precio de la última oferta pública de acciones presentada no resulta aplicable para la valoración de las acciones de la sociedad afectada.

VI. Número máximo de valores a los que se extiende la oferta y número mínimo de valores a cuya adquisición se condiciona la efectividad de la oferta La presente oferta se extiende a un total de 6.043.149 acciones de la sociedad afectada, es decir, el cien por cien (100%) de sus acciones. La efectividad de la oferta se condiciona a la adquisición de un número mínimo de 4.834.520 acciones que represente el 80 por 100 de la totalidad de las acciones de la sociedad afectada.

Como se ha indicado anteriormente, las entidades oferentes han suscrito con el accionista de control de la sociedad afectada, "Sociedad Española de Participaciones Industriales", titular del 95,24 por 100 del capital de la sociedad afectada, un contrato de promesa de compraventa de acciones de "Trasmediterránea", que compromete al accionista de control ("Sociedad Española de Participaciones Industriales") a aceptar la oferta y transmitir sus acciones a las entidades oferentes.

VII. Garantías constituidas por las entidades oferentes para la liquidación de la oferta Con el fin de garantizar la ejecución y el pago del precio de las compraventas que tengan lugar como consecuencia de la presente oferta, las entidades oferentes han presentado ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores un aval bancario único, de carácter irrevocable, por un importe máximo de hasta 271.941.705 euros.

El aval ha sido emitido por "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima", que avala a "Acciona Logística, Sociedad Anónima", Caja de Ahorros del Mediterráneo, "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", y "Naviera Armas, Sociedad Anónima", y por "Banco de Sabadell, Sociedad Anónima", que avala a "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima".

El aval cubre todas las obligaciones de pago de las entidades oferentes que resulten de la presente oferta de forma mancomunada entre las dos entidades avalistas, y de forma solidaria con cada una de las entidades oferentes que respectivamente avalan, con renuncia expresa a los beneficios de excusión, orden, división, siendo exigible a cada entidad avalista hasta el total importe máximo garantizado en caso de incumplimiento de la entidad oferente respectivamente avalada.

VIII. Financiación de la oferta La financiación de esta oferta por las entidades oferentes se efectuará con los recursos propios y deuda bancaria por parte de las entidades oferentes o los grupos a que pertenecen. Estos recursos se estiman suficientes para hacer frente a las obligaciones de pago que resulten de esta oferta.

Concretamente, "Acciona Logística, Sociedad Anónima", y Caja de Ahorros del Mediterráneo atenderán sus obligaciones de pago contra recursos propios. "Naviera Armas, Sociedad Anónima", "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima" y "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima", atenderán las obligaciones de pago derivadas de esta oferta contra recursos propios y préstamos bancarios.

En particular, "Naviera Armas, Sociedad Anónima", ha obtenido el compromiso de Caja de Ahorros del Mediterráneo para la financiación del 65 por 100 de su total desembolso por la oferta en términos pendientes de negociación. "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", y "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", asimismo, tienen comprometida con Caja de Ahorros del Mediterráneo la financiación del 75 por 100 de su desembolso respectivo por la oferta en condiciones también pendientes de negociación. Finalmente, "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima", financiará un importe no superior al 81 por 100 de su desembolso total correspondiente a la oferta mediante un préstamo bancario que concederá el "Banco Sabadell, Sociedad Anónima", en términos aún pendiente de definición por las partes correspondientes. En cualquier caso, esta financiación ajena responderá a condiciones habituales de mercado y no incluirá compromisos de mantenimiento de la participación por parte de las entidades oferentes financiadas ni condiciones para la aceleración de su amortización en caso de que las entidades oferentes correspondientes procedan a reducir el número de acciones de la sociedad afectada adquiridas en virtud de la oferta.

No se darán garantías sobre acciones o activos propiedad de la sociedad afectada en garantía de la financiación bancaria de las entidades oferentes que prevén disponer de ella.

Tampoco se derivará ningún endeudamiento adicional para la sociedad afectada en relación o a consecuencia de esta oferta. No está previsto que la sociedad afectada participe en la financiación de la oferta de modo alguno. En particular, según el plan industrial, las entidades oferentes se comprometen a estructurar financieramente la operación de compra de las acciones de "Trasmediterránea", de forma que no implique ningún tipo de apalancamiento adicional sobre "Trasmediterránea".

La adquisición del 55 por 100 del capital social de "Trasmediterránea" supondrá su entrada en el perímetro de consolidación del grupo Acciona como una "sociedad del grupo" y según el Real Decreto 1815/1991, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las normas para formulación de las cuentas anuales consolidadas, deberá integrarse por el método de "integración global". Como consecuencia de esta aplicación del método de integración global, según el balance estimado de la sociedad afectada a 31 de diciembre de 2002, y asumiendo que acude a la oferta el 100 por 100 del capital social de "Trasmediterránea" al precio establecido en este folleto explicativo de la oferta, en la sociedad dominante del grupo Acciona ("Acciona, Sociedad Anónima") se registrará una diferencia negativa de consolidación que no tendrá impacto en la cuenta de resultados del grupo Acciona en el ejercicio 2003 y que, en el supuesto de que en ejercicios posteriores se registrara como ingreso, no tendría un impacto significativo sobre las cuentas consolidadas del grupo Acciona.

IX. Plazo de aceptación El plazo de aceptación de la presente oferta es de un (1) mes a partir de la fecha de la primera publicación de este anuncio de la oferta en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil", en los Boletines de Cotización de las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en los dos periódicos en que la oferta será publicada conforme al artículo 18 del Real Decreto 1197/1991.

Ni las entidades oferentes ni las sociedades o entidades de los grupos a que pertenecen tienen previsto difundir ningún otro tipo de información o publicidad en relación con la oferta, tal y como han indicado por escrito las entidades oferentes a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Las entidades oferentes podrán prorrogar el plazo de aceptación previa autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y previo anuncio de la prórroga de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de dicho Real Decreto. En ningún caso el plazo de aceptación de la presente oferta superará los dos (2) meses.

A efectos del cómputo del referido plazo de un (1) mes, se incluirá tanto el día inicial como el último del referido plazo. Si el primer día del plazo fuese inhábil a efectos bursátiles en cualquiera de las Bolsas indicadas anteriormente, el plazo de aceptación se iniciará el día hábil bursátil siguiente en las cuatro Bolsas, y si el último día del plazo fuera inhábil en cualquiera de las cuatro Bolsas se entenderá extendido hasta las veinticuatro horas del día hábil siguiente a efectos bursátiles en las cuatro Bolsas.

X. Formalidades de la aceptación Las declaraciones de aceptación de la oferta serán irrevocables y no pondrán ser condicionales. Las que no reúnan estas características carecerán de validez.

Los destinatarios de la oferta podrán aceptarla con todas o parte de sus acciones y en una o varias declaraciones de aceptación.

Las aceptaciones deberán ser cursadas por escrito dentro de los plazos indicados, a una de las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao o Valencia, a través de una entidad miembro de mercado que responderá de la titularidad y tenencia de las acciones a que se refieren dichas aceptaciones, así como de la inexistencia de cargas, gravámenes o derechos de terceros que limiten los derechos políticos o económicos de dichas acciones o su transmisibilidad.

La declaración de aceptación de la oferta que cada accionista de "Trasmediterránea" realice se acompañará de la documentación suficiente para que pueda realizarse la transmisión de las acciones y deberá incluir todos los datos identificativos exigidos por la legislación vigente para este tipo de operaciones (nombre y apellidos o denominación social, indicación de su residencia a efectos fiscales en España, con dirección y número de identificación fiscal, o, en caso de no residentes a efectos fiscales en España que no dispongan de número de identificación fiscal, esta circunstancia junto con el número de pasaporte de las personas físicas y su nacionalidad o el país de residencia fiscal de las entidades).

Las entidades adheridas que tramiten las aceptaciones deberán necesariamente incluir la información antes indicada sobre identidad y residencia fiscal del aceptante en la comunicación de la aceptación a la sociedad de valores designada por las entidades oferentes para actuar por su cuenta en esta oferta.

Las declaraciones de aceptación de los titulares de acciones se acompañarán de la documentación suficiente para que pueda realizarse la disposición de las acciones. Las referencias de registro de las acciones respecto de las cuales se acepte la oferta no podrán ser posteriores al último día del plazo de aceptación de la oferta. Es decir, aquellas acciones que se ofrezcan en venta deberán haber sido compradas no más tarde del último día del plazo de aceptación de la oferta.

La adquisición de las acciones se intervendrá y liquidará por la sociedad de valores "Bestinver, Sociedad de Valores, Sociedad Anónima", designada por las entidades oferentes para actuar por su cuenta en esta oferta.

Transcurrido el plazo de aceptación de la oferta o el que resulte de su prórroga o modificación, se publicará el resultado dentro de los plazos máximos previstos en el artículo 27 del Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio, sobre régimen de ofertas públicas de adquisición de valores.

La liquidación y el pago del precio de las acciones será realizado por el procedimiento establecido por el Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, considerándose fecha de la correspondiente operación bursátil la de publicación del resultado de la oferta en los boletines de cotización correspondientes de las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao o Valencia.

XI. Gastos de aceptación y liquidación de la oferta Los titulares de las acciones de la sociedad afectada que acepten la oferta no soportarán gasto algu no derivado de los corretajes de la participación obligatoria de un miembro del mercado en la compraventa, ni por los cánones de contratación de las Bolsas de Valores y de liquidación del Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, que serán asumidos por las entidades oferentes, siempre que en la operación intervenga exclusivamente la entidad que se designa en el folleto explicativo de la oferta para actuar por cuenta de las entidades oferentes ("Bestinver, Sociedad de Valores, Sociedad Anónima").

En el supuesto de que intervengan por cuenta del aceptante otros intermediarios o miembros del mercado distintos del reseñado, serán a cargo del aceptante el corretaje y los demás gastos de la parte vendedora en la operación, excepto los cánones de liquidación del Servicio de Compensación y Liquidación de Valores y de contratación de las Bolsas de Valores, que serán satisfechos por las entidades oferentes.

Las entidades oferentes no se harán cargo de las eventuales comisiones y gastos que las entidades depositarias y administradores de las acciones carguen a sus clientes por la tramitación de órdenes derivadas de la aceptación de la oferta.

Los gastos en que incurran las entidades oferentes como compradores serán en todo caso, por cuenta de éstas. Cualesquiera otros gastos distintos de los anteriormente reseñados serán, asumidos por quien incurra en ellos.

XII. Designación de las sociedades o agencias de valores y Bolsa que actuarán por cuenta de las entidades oferentes Las entidades oferentes han designado a "Bestinver, Sociedad de Valores, Sociedad Anónima", con domicilio en la calle Juan de Mena, número 8, 28014 Madrid, como entidad encargada de intervenir y liquidar las operaciones de adquisición de las acciones que pudieran resultar de la oferta. "Bestinver, Sociedad de Valores, Sociedad Anónima", ha aceptado su designación para el desempeño de las actuaciones señaladas anteriormente.

XIII. Finalidad perseguida con la adquisición, intenciones de las entidades oferentes sobre la actividad futura de la sociedad afectada, planes de utilización de activos, órgano de administración de la sociedad afectada, modificación de Estatutos y cotización de acciones La presente oferta se enmarca dentro del proceso de privatización del 95,24 por 100 de "Trasmediterránea" adjudicado el día 30 de julio de 2002 al consorcio integrado por las entidades oferentes, tal y como se ha descrito en el apartado III anterior.

Entre los compromisos asumidos por las entidades oferentes frente a "Sociedad Española de Participaciones Industriales" están el mantenimiento hasta el 2 de enero de 2008 de una participación mínima en "Trasmediterránea" no inferior al 51 por 100 que les asegure el control de la sociedad afectada y la integridad y no alteración de las posiciones relativas de mayorías y minorías.

Las entidades oferentes entienden que los anteriores compromisos no impedirían posibles transmisiones de acciones de "Trasmediterránea" entre los mismos o a terceros, siempre que no se altere radicalmente la estructura accionarial inicial y, particularmente, el mantenimiento de un mínimo del 51 por 100 y la permanencia de las entidades oferentes como accionistas de "Trasmediterránea".

Finalidades de la adquisición: Las finalidades perseguidas por las entidades oferentes mediante la adquisición de las acciones de "Trasmediterránea" son las siguientes: "Acciona Logística, Sociedad Anónima" (grupo Acciona): La adquisición de una participación en "Trasmediterránea" permitirá al grupo Acciona diversificar sus actividades y equilibrar su oferta, combinando su tradicional negocio constructor con la actividad logística y de transporte multimodal, incluyendo el transporte marítimo. El grupo Acciona ha comenzado a desarrollar su división logística y aeroportuaria, campo en el que en los últimos años ha centrado su atención y sus inversiones, a través de sociedades participadas. La adquisición de una participación mayoritaria en el capital de "Trasmediterránea" representa un paso adicional en la estrategia del grupo Acciona de desarrollar y consolidar la división logística y aeroportuaria.

La complementariedad y sinergias existentes entre los servicios de transporte marítimo, principalmente de carga, prestados por "Trasmediterránea" y los de almacenaje y transporte por carretera prestados por el grupo Acciona, permitirán ofrecer soluciones integrales "puerta a puerta" a los usuarios finales.

"Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", "Naviera Armas, Sociedad Anónima", y "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima" (grupo Aznar): En el caso de "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", y "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", la adquisición de una participación en "Trasmediterránea" permitiría reforzar su presencia en el sector naviero, particularmente en el área de Baleares, y estrechar las relaciones que ya existen entre "Unión Marítima Formentera Ibiza, Sociedad Anónima" (Umafisa), filial como se ha señalado de "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima", y "Trasmediterránea", consistente en la actuación de "Umafisa" como consignataria en Ibiza de "Trasmediterránea" y la actuación de "Trasmediterránea" como consignataria en Barcelona de "Umafisa".

Para "Naviera Armas, Sociedad Anónima", la adquisición de una participación en "Trasmediterránea" reforzaría su posición en el transporte marítimo de pasajeros y mercancías, especialmente en el área del archipiélago canario.

Finalmente, con la adquisición de una participación en "Trasmediterránea", el grupo Aznar muestra su voluntad de incrementar su presencia en el sector del transporte de mercancías nacional e internacional, así como de retomar una actividad como es el transporte marítimo de viajeros en la que históricamente, a través de Naviera Aznar, estuvo presente de forma significativa.

A su vez, estas compañías y grupos navieros aportarían a "Trasmediterránea" un conocimiento profundo del sector, así como una dilatada experiencia tanto en el transporte de mercancías como en el de pasajeros y configurar un grupo español que, preservando la independencia de gestión y la competencia entre sus integrantes, pueda, a su vez, competir en un mercado cada vez más integrado internacionalmente, con apertura de nuevas líneas, una adecuada flota y el ofrecimiento de nuevos servicios.

Caja de Ahorros del Mediterráneo: El interés de Caja de Ahorros del Mediterráneo en adquirir acciones de "Trasmediterránea" se enmarca en la estrategia global de la entidad de tomar parte activa en sectores y compañías a los que pueda aportar valor, en coherencia con su compromiso de potenciar actividades centradas en la prestación de servicios públicos. Además, "Trasmediterránea" es una compañía de primer nivel en su sector, con un importante volumen de facturación, que desarrolla buena parte de su actividad en el arco mediterráneo, principal ámbito operativo de Caja de Ahorros del Mediterráneo, y con una extensa base de clientes, tanto en el transporte de mercancías como en el de pasajeros, potenciales usuarios de diversos servicios financieros asociados a medios de pago ofrecidos por Caja de Ahorros del Mediterráneo, lo que se considera permitirá a la sociedad afectada obtener una adecuada canalización de los flujos derivados de dicha actividad.

La experiencia acumulada y la capacidad de gestión financiera de Caja de Ahorros del Mediterráneo contribuirán al adecuado mantenimiento y a la mejora de la gestión de "Trasmediterránea". Además, el conocimiento y el acceso que tiene como entidad financiera a avanzados sistemas electrónicos, como los sistemas de financiación o de gestión de medios de pago, le permitirá asesorar a "Trasmediterránea" en el establecimiento de mejoras técnicas de alto valor añadido en sus servicios, favoreciendo el desarrollo futuro de "Trasmediterránea". Caja de Ahorros del Mediterráneo cuenta además con una dilatada experiencia y avanzada tecnología en teleservicios, pudiendo prestar asesoramiento a "Trasmediterránea" en actividades auxiliares como la emisión y venta de billetes. Caja de Ahorros del Mediterráneo ha participado con anterioridad en la financiación de algunos buques de la sociedad afectada, y podría continuar participando en operaciones similares de financiación de activos para una compañía naviera.

Por otra parte, como una entidad financiera, Caja de Ahorros del Mediterráneo puede aportar valor a "Trasmediterránea" contribuyendo a la optimización de su "cash-flow".

Actividad futura de "Trasmediterránea": La intención de las entidades oferentes sobre la actividad futura de la sociedad afectada es convertir a "Trasmediterránea" en un líder europeo en el sector de operadores de "ferry", basado en España, desarrollando para ello el potencial de crecimiento de "Trasmediterránea" en las actividades y mercados en los que actualmente opera y en aquellos otros en que su presencia puede ser rentable.

La oferta adjudicataria incluyó el plan industrial presentado por las entidades oferentes a "Sociedad Española de Participaciones Industriales" en junio de 2002. El plan industrial y el precio ofrecido por las entidades oferentes a "Sociedad Española de Participaciones Industriales" en la oferta adjudicataria (ponderadas por "Sociedad Española de Participaciones Industriales" en 55 y 45 puntos, respectivamente) han sido las bases fundamentales de "Sociedad Española de Participaciones Industriales" para adjudicar la privatización de la sociedad afectada en favor de las entidades oferentes, según lo declarado por "Sociedad Española de Participaciones Industriales" mediante hecho relevante de fecha 30 de julio de 2002.

El plan industrial asumido por las entidades oferentes establece como principales objetivos (i) reforzar la posición de "Trasmediterránea" en aquellos mercados en los que ya está presente (transporte de pasajeros y transporte de mercancías) mediante alianzas, aumento de frecuencias y de calidad en el servicio y (ii) desarrollar y consolidar "Trasmediterránea" en otras actividades, servicios o segmentos del mercado relacionados que complementen y fortalezcan su negocio principal de transporte marítimo.

En el transporte de pasajeros se persigue alcanzar una mejora en los ratios de utilización de la capacidad de la flota, mientas que en el transporte de mercancías de las entidades oferentes tienen la intención de convertir a la sociedad afectada en un proveedor integrado de servicios logísticos. El plan industrial no contempla un nivel mínimo de inversiones, previéndose en el mismo que las inversiones requeridas en los próximos años tendrán como objetivo el mantenimiento y la sustitución de los equipos actuales, para lo que no resulta necesario acometer un endeudamiento adicional en la sociedad afectada.

No obstante, para el desarrollo de nuevas actividades el plan industrial contempla establecer un contrato marco con Izar que atañe a la construcción de nuevas unidades, mantenimiento de las existentes y desarrollo tecnológico de nuevos buques.

El plan industrial no limita la facultad de la dirección de la sociedad afectada para, en el futuro y ante circunstancias ahora difícilmente previsibles, promover la expansión de la sociedad afectada hacia nuevas actividades y mercados y, en su caso, acometer mayores niveles de inversión y endeudamiento congruentes con dicha expansión.

Las entidades oferentes han comprometido en el contrato de promesa de compraventa con "Sociedad Española de Participaciones Industriales" a desarrollar y a implantar un "plan estratégico de recursos humanos" para conseguir un mayor valor añadido de "Trasmediterránea", conseguir una mayor participación, identificación y motivación de su plantilla mediante la puesta en marcha de planes de formación, la revisión periódica de las evaluaciones de riesgos laborales, el mantenimiento del personal que conforma la plantilla fija de "Trasmediterránea" hasta el 2 de enero de 2008 y, en su caso, el aumento de la plantilla de la compañía si las circunstancias derivadas de la realización de nuevas inversiones así lo requirieran.

Activos: No existen planes o intenciones relativos a la utilización de los activos de "Trasmediterránea" con un destino distinto del que tienen en la actualidad o fuera del curso habitual de los negocios.

En particular, no existe intención de disponer de los activos de "Trasmediterránea" para financiar de forma alguna la presente oferta, sin perjuicio de los planes ya definidos por la sociedad afectada con anterioridad a la oferta para la renovación de su flota de buques.

Asimismo, no existen planes o intenciones de llevar a cabo ninguna operación de fusión, escisión o transformación o venta que pudiera afectar a "Trasmediterránea" o alguna de sus ramas de actividad. No se prevé ninguna modificación en el capital social de "Trasmediterránea".

Por otra parte, no existe intención o plan por parte de las entidades oferentes de realizar ninguna transmisión entre sí o a favor de terceros de todas o parte de sus acciones de la sociedad afectada tras la liquidación de la oferta. No obstante, se exceptúa de esta previsión, la posible aportación de sus acciones en la sociedad afectada por parte de "Caja de Ahorros del Mediterráneo"; "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima"; "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", y "Naviera Armas, Sociedad Anónima", a una sociedad holding denominada "Compañía de Inversiones Navieras, Sociedad Anónima", que agruparía, por tanto, el 35 por 100 de las acciones de la sociedad afectada adquiridas en la oferta. Los términos concretos en que se procederá a dicha aportación aún están siendo objeto de negociación por las entidades oferentes afectadas.

Pasivos: La sociedad afectada dispone de los recursos financieros necesarios para atender sus compromisos de pasivo y, por tanto, no requiere dotaciones adicionales de recursos propios a estos efectos.

Las entidades oferentes no tienen intención ni han trazado planes para modificar las vigentes condiciones o estructura de financiación de la sociedad afectada.

Por otra parte, "Trasmediterránea" dispone de financiación concedida por distintas entidades de crédito bajo condiciones que incluyen una aceleración de la amortización de la financiación concedida, en caso de cambio de control sobre la sociedad afectada. Ninguna de las entidades de crédito que tienen reconocida contractualmente esta facultad han anunciado su intención de ejercitarla. En consecuencia, no se espera una alteración de las vigentes condiciones o estructura de financiación de la sociedad afectada. En cualquier caso, distintas entidades de crédito han comunicado a "Trasmediterránea" su compromiso formal de refinanciar oportunamente la deuda correspondiente para la sociedad afectada en el supuesto de que, finalmente y una vez liquidada la presente oferta, alguna de las entidades de crédito decidiera ejercitar en plazo su derecho de terminación anticipada por cambio de control aquí señalado.

Órgano de administración: Las entidades oferentes efectuarán las modificaciones en el número de miembros y en la composición del órgano de administración de "Trasmediterránea" que reflejen la nueva estructura del capital de la sociedad, de modo que el grupo Acciona cuente con el número de Consejeros necesario para constituir válidamente el órgano de administración y determinar unilateralmente la estrategia general y de gestión ordinaria de "Trasmediterránea".

En concreto, las entidades oferentes han establecido, de acuerdo con el contrato suscrito el 7 de junio de 2002, que el Consejo de Administración de "Trasmediterránea", incluido el Presidente, constará de 12 Consejeros. Corresponderá al grupo Acciona la designación de siete Consejeros, al grupo Aznar el nombramiento de un Consejero y a "Caja de Ahorros del Mediterráneo"; "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima"; "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", y "Naviera Armas, Sociedad Anónima", conjuntamente, el nombramiento de los cuatro Consejeros restantes. El Presidente será nombrado por el voto favorable de la mayoría de los Consejeros a propuesta del grupo Acciona. Se nombrarán también dos Vicepresidentes por el voto favorable de la mayoría de los Consejeros, uno a propuesta del grupo Aznar y otro a propuesta conjunta de "Caja de Ahorros del Mediterráneo"; "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima"; "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", y "Naviera Armas, Sociedad Anónima".

Las entidades oferentes podrán sustituir en todo momento a las personas que desempeñen los cargos que correspondan a la sociedad oferente (o conjunto de entidades oferentes) de que se trate.

El Consejo de Administración quedará válidamente constituido para tratar cualquier asunto de su competencia que no constituya materia reservada cuando concurran, presentes o representados por otro Consejero, la mitad más uno de los miembros del Consejo. Las decisiones se adoptarán por mayoría absoluta de los Consejeros asistentes. En caso de empate el voto del Presidente tendrá carácter dirimente. Las decisiones sobre asuntos que constituyan materia reservada se adoptarán con el voto favorable de ocho Consejeros. El apartado IV.1.E) del folleto explicativo de la oferta incluye el listado de las materias reservadas del Consejo de Administración.

Asimismo, las entidades oferentes prevén la creación por el Consejo de Administración de una Comisión Ejecutiva, en la cual delegará todas sus facultades salvo las legalmente indelegables. Esta Comisión Ejecutiva estará formada por el Presidente del Consejo de Administración, dos Consejeros de entre los designados por el grupo Acciona, un Consejero designado por el grupo Aznar y dos Consejeros de entre los designados conjuntamente por "Caja de Ahorros del Mediterráneo"; "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima"; "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima", y "Naviera Armas, Sociedad Anónima". Presidirá la Comisión Ejecutiva el Presidente del Consejo de Administración, que tendrá voto de calidad. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de sus miembros. No obstante, en asuntos que constituyan materia reservada será necesario el voto favorable de cuatro de sus miembros.

Modificación de Estatutos: Las entidades oferentes no tienen intención de modificar los Estatutos sociales de "Trasmediterránea" mientras ésta continúe negociando sus acciones en Bolsa. Una vez que deje de hacerlo, en su caso, según se describe más adelante, sus Estatutos sociales serán modificados, de acuerdo con lo estipulado en el contrato de fecha 7 de junio de 2002, para (i) incluir restricciones a la transmisión de las acciones y (ii) reflejar los derechos políticos de los accionistas en relación con sus participaciones respectivas en la sociedad afectada, en particular incluyendo las mayorías reforzadas de voto para materias reservadas conforme se detalla a continuación.

Las restricciones a la transmisión de acciones previstas incluirán los compromisos asumidos entre las entidades oferentes de someter todas las transmisiones de acciones de "Trasmediterránea" que puedan tener cabida a un derecho de adquisición preferente a favor de las otras entidades oferentes. El derecho preferente de adquisición se somete a reglas usuales de precio consensuado por las partes o, en su defecto, a determinar por un banco de inversión.

Además, las modificaciones estatutarias incluirán que cualquier asunto que constituya materia reservada competencia de la Junta general sólo podrá ser aprobado con el voto favorable del 65 por 100 de las acciones adquiridas en la presente oferta.

A estos efectos, cuando el orden del día de la Junta general incluya un asunto que constituya materia reservada -salvo en el caso de modificaciones en el número de miembros del Consejo de Administración que resulten necesarias para dar cumplimiento a la obligación legal para la sociedad afectada de reflejar la existencia de una Comisión de Auditoría al tiempo de celebración de la Junta general ordinaria-, cualquiera de las entidades oferentes podrá requerir a las demás para determinar con una antelación no inferior a cinco días el sentido de voto en cuanto a tal asunto, de tal manera que si no existiese un voto favorable de accionistas que posean al menos el 65 por 100 de las acciones adquiridas en la presente oferta, las entidades oferentes estarán obligadas a votar en contra de la aprobación de cualquier asunto que constituya materia reservada. El apartado IV.1.F) del folleto explicativo de la oferta incluye el listado de las materias reservadas de la Junta general.

Negociación de las acciones de la sociedad afectada: Las entidades oferentes, de acuerdo con sus compromisos con la "Sociedad Española de Participaciones Industriales", convocarán una Junta general de accionistas de la sociedad afectada para su celebración una vez concluida la liquidación de la oferta con resultado positivo, y aprobarán, con el voto a favor de todas las entidades oferentes, la exclusión de cotización de las acciones de "Trasmediterránea" se iniciará en el plazo más breve posible, previsiblemente dentro de los dos meses siguientes a la liquidación de la oferta y, en todo caso, antes de pasados seis meses desde dicha liquidación.

Las entidades oferentes y la sociedad afectada solicitarán, sin que ello prejuzgue la decisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que la exclusión de cotización sea autorizada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores sin exigir la formulación de una nueva oferta pública de adquisición por parte de la propia sociedad afectada sobre las acciones que no acudan a la oferta, por considerar las entidades oferentes que la oferta constituye un procedimiento adecuado para proteger los intereses de los accionistas de la sociedad afectada que evita cualquier perjuicio a sus legítimos intereses como consecuencia de la exclusión de cotización, puesto que se ofrece en la oferta la compra de hasta el 100 por 100 del capital con contraprestación dineraria y por un precio que, a juicio de las entidades oferentes, constituye una valoración adecuada de las acciones de la sociedad afectada. A estos efectos, tal y como se ha detallado en el apartado V anterior, "KPMG Asesores, Sociedad Limitada", una vez considerados de forma conjunta y con justificación de su respectiva relevancia los criterios que se indican en el artículo 7.3 del Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio, sobre régimen de ofertas públicas de adquisición de valores, y otros criterios que estima adecuados para este caso concreto, concluye que el rango de valoración de "Trasmediterránea" se sitúa entre 27,87 y 44,25 euros por acción.

Posibilidad de que el resultado de la oferta quede afectado por la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, o por el Reglamento (CEE) número 4064/1989: La presente operación de adquisición no está afectada por las disposiciones de control de concentraciones del Reglamento (CEE) 4064/1989, modificado por el Reglamento (CEE) 1310/1997. En consecuencia, la operación no ha sido notificada a las autoridades comunitarias de defensa de la competencia. El grupo Acciona considera que la operación objeto de la oferta está comprendida, en cuanto a la adquisición de acciones y consiguiente toma de control de "Trasmediterránea" por "Acciona, Sociedad Anónima", a través de su filial "Acciona Logística, Sociedad Anónima", dentro del ámbito de operaciones de concentración sujetas al artículo 14 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, vigente en España (LDC) en atención a que su resultado positivo daría lugar al control de "Trasmediterránea" por parte de "Acciona, Sociedad Anónima", y se superan los umbrales definidos en dicho precepto. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la mencionada Ley 16/1989, "Acciona, Sociedad Anónima", ha notificado la operación al Servicio de Defensa de la Competencia mediante escrito de fecha 23 de agosto de 2002.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 15 bis de la Ley de Defensa de la Competencia, el Servicio de Defensa de la Competencia remitió al Tribunal de Defensa de la Competencia el día 27 de septiembre de 2002 el expediente relativo a la operación notificada (expediente: N-281). El Tribunal de Defensa de la Competencia remitió al Ministerio de Economía su informe y dictamen sobre la ope ración con fecha 26 de noviembre de 2002, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia. El Consejo de Ministros acordó aprobar la operación notificada sin someterla a ningún tipo de condiciones o limitaciones, mediante acuerdo adoptado el día 20 de diciembre de 2002.

XIV. Puesta a disposición del folleto explicativo de la oferta y su documentación complementaria De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.3 del Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio, el folleto explicativo de la oferta, así como la documentación que le acompaña, se ponen a disposición de los interesados, quedando depositados en las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores de Madrid (plaza de la Lealtad, número 1, 28014 Madrid), Barcelona (paseo de Gracia, 19, 08007 Barcelona), Bilbao (José María Olávarri, número 1, 48001 Bilbao) y Valencia (Libreros, 2 y 4, 46002 Valencia), en el domicilio social de la sociedad afectada (Alcalá, número 61, 28014 Madrid), en el domicilio social de cada una de las entidades oferentes ("Acciona Logística, Sociedad Anónima" -avenida de Europa, número 18, Parque Empresarial La Moraleja, 28108 Alcobendas (Madrid)-; "Caja de Ahorros del Mediterráneo" -San Fernando, número 40, 03001 Alicante-; "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima" -Muelle Tomás Olábarri, número 4, 5.o derecha, barrio de Las Arenas, Getxo (Vizcaya)-; "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima" -avenida Bartolomé de Roselló, número 18, 07800 Ibiza-; "Naviera Armas, Sociedad Anónima" -Doctor Juan Domínguez Pérez, numero 2, El Sebadal, 35008 Las Palmas de Gran Canaria-, y "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima" -avenida Bartolomé de Roselló, número 18, 07800 Ibiza-) y en el domicilio social de "Bestinver, Sociedad de Valores, Sociedad Anónima" -Juan de Mena, número 8, 28014 Madrid-, a partir del día siguiente al de la primera publicación de este anuncio.

Igualmente, y como máximo en el plazo señalado anteriormente, el presente folleto explicativo de la oferta y la documentación complementaria relacionada con el mismo podrán consultarse en los registros públicos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sitos en paseo de la Castellana, número 15, Madrid, y paseo de Gracia, número 19, Barcelona, y en la página web de dicho organismo (únicamente el folleto explicativo de la oferta).

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio.

Madrid, 26 de febrero de 2003.-Juan Andrés Sáez Elegido, Presidente del Consejo de Administración de "Acciona Logística, Sociedad Anónima", y los representantes de las entidades "Caja de Ahorros del Mediterráneo"; "Agrupación Hotelera Dóliga, Sociedad Anónima"; "Suministros Ibiza, Sociedad Anónima"; "Compañía de Remolcadores Ibaizábal, Sociedad Anónima", y "Naviera Armas, Sociedad Anónima".-7.098.

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