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Documento BORME-C-2003-41016

INGLAN, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 5088 a 5088 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-41016

TEXTO

La Junta general extraordinaria de accionistas celebrada, en primera convocatoria, el día 15 de febrero de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: Aumentar el capital social de la compañía en la suma de 2.081.653,65 euros, con aportaciones dinerarias y mediante la emisión de 69.273 nuevas acciones, de la clase A, nominativas y totalmente desembolsadas, con un valor nominal de 30,05 euros cada una de ellas y numeradas correlativamente de la 30.274 a la 99.546, ambas inclusive, de forma que el capital social resultante será el de 4.163.307,30 euros. Otorgar a las nuevas acciones los mismos derechos políticos y económicos que los de las acciones actualmente en circulación, o sea que los de las acciones de la clase A y de la clase B, que son iguales, y fijar como fecha de pago del nominal, en su integridad, el momento de la suscripción, que será libre de gastos para el suscriptor y que podrá realizarse en el domicilio social. Conceder a los actuales accionistas de la compañía, tanto a los accionistas titulares de acciones de la clase A como a los titulares de acciones de la clase B, el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" para que puedan ejercitar sus derechos de suscripción preferente, expirado el cual las acciones no suscritas por los actuales accionistas quedarán a disposición el órgano de administración durante noventa días naturales, plazo durante el cual las podrá ofrecer a cualesquiera personas, procediendo posteriormente como corresponda, pudiendo llegar, si procede, a anularlas, es decir, que se admite la suscripción incompleta de las acciones emitidas.

Hacer constar que los derechos de suscripción preferente concedidos suponen la posibilidad de suscribir una acción de las nuevas emitidas por cada una de las antiguas.

Y facultar al órgano de administración de la compañía para que ejecute el presente acuerdo, decidiendo y fijando todas las cuestiones y condiciones aquí no previstas, hasta lograr la inscripción del mismo en el Registro Mercantil correspondiente.

Madrid, 19 de febrero de 2003.-El Secretario del Consejo, Daniel Albertos Gómez.-6.367.

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