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Documento BORME-C-2003-49009

BIB MEDIA, S. L. (Sociedad absorbente) LAVÍNIA TEC-COM, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 49, páginas 6210 a 6210 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-49009

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas (por remisión del artículo 94 de la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), se hace público que en las Juntas generales universales de las dos referidas compañías, celebradas en fecha 27 de febrero de 2003, se aprobó por unanimidad la fusión de las mismas en base al proyecto de fusión previamente depositado en el Registro Mercantil, mediante la absorción de "Lavínia Tec-Com, Sociedad Limitada", por parte de "Bib Media, Sociedad Limitada", que adquirirá por sucesión universal todo el patrimonio de la sociedad absorbida, que se extinguirá y quedará disuelta sin liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la compañía absorbida, "Lavínia Tec-Com, Sociedad Limitada". La sociedad resultante de la fusión se denominará "Lavínia Tec-Com, Sociedad Limitada".

La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 13 de febrero de 2003, calificado favorablemente por el señor Registrador. De acuerdo a este proyecto de fusión, las compañías que se fusionan establecieron como Balances de fusión los cerrados a 30 de noviembre de 2002. Los efectos contables y fiscales de la fusión tendrán lugar en fecha 28 de febrero de 2003 o el día del otorgamiento de la escritura de fusión ante Notario público, si ésta fuese con posterioridad a tal fecha.

Ni en la sociedad absorbente ni en la absorbida existen clases especiales de participaciones ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio, ni por tanto titulares de los mismos, así como tampoco existen ni existirán ventajas de ninguna clase a los Administradores o a terceras personas.

De conformidad con el referido artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho de los acreedores y los socios de cada una de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos de adoptados y del Balance de la fusión. Igualmente se hace constar el derecho que asiste a dichos acreedores, durante un mes, a oponerse a la fusión proyectada, en los términos expresados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 3 de marzo de 2003.-La Administradora única, Victoria Piany Rovira, representante de "Narval Sabazio, Sociedad Limitada".-8.152.

y 3.a 12-3-2003.

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