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Documento BORME-C-2003-53096

TALLERES ELORZ, S. A. (Sociedad absorbente) SILOMETAL, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 6770 a 6771 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-53096

TEXTO

Anuncio de fusión Las Juntas Generales y Universales de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, celebradas el día 22 de noviembre de 2.002, acordaron por unanimidad proceder a la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Talleres Elorz, Sociedad Anónima" de "Silometal, Sociedad Limitada (Unipersonal)", inscritas ambas en el Registro Mercantil de Navarra, con disolución y extinción, sin liquidación de la sociedad absorbida y con transmisión, en bloque, a título universal, de todo su patrimonio social a la absorbente, que se subrogará igualmente en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, no procediendo aumentar el capital de la absorbente por tratarse, la absorbida, de una sociedad íntegramente participada por la absorbente, ni, en consecuencia, fijar tipo ni procedimiento de canje de acciones.

La fusión se acordó conforme al proyecto presentado para su depòsito en el Registro Mercantil de Navarra, con aprobación de los respectivos balances de fusión.

La fecha a partir de la cuál las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente, será el día 1 de enero de 2.003.

No se atribuyen derechos especiales en la sociedad absorbente a los accionistas, ni ventajas de clase alguna a los Administradores de las sociedades que se fusionan.

Como consecuencia de la fusión, la sociedad absorbente, es decir, "Talleres Elorz, Sociedad Anónima", adopta la denominación social de la sociedad absorbida de manera que a partir de este momento pasará a denominarse "Silometal, Sociedad Anónima", en virtud de sucesión en la denominación social.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de dichas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Torres de Elorz, 23 de noviembre de 2002.-El Administrador de las sociedades fusionadas, Alfredo de Miguel García.-9.069. 2.a 18-3-2003.

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