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Documento BORME-C-2003-91040

CALZADOS SANCAR, S. L. (Sociedad escindida) CARSAN MURRIETA, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 12068 a 12068 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-91040

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 245 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Calzados Sancar, Sociedad Limitada, y Carsan Murrieta, Sociedad Limitada, celebradas el 15 de abril de 2003, adoptaron por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la sociedad Calzados Sancar, Sociedad Limitada, que segregará de su patrimonio una parte que constituye una unidad económica independiente y lo traspasará en bloque a la sociedad ya existente beneficiaria de la escisión Carsan Murrieta, Sociedad Limitada.

El respectivo acuerdo de escisión ha sido adoptado de plena conformidad con el proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de La Rioja con fecha 1 de abril de 2003. De igual modo, las Juntas Generales aprobaron los respectivos Balances de Escisión cerrados el 24 de febrero de 2003.

Los titulares de las participaciones de la sociedad escindida recibirán las participaciones de la sociedad beneficiaria de la escisión en la forma que recoge el citado proyecto de escisión y darán derecho a participar en las ganancias sociales a partir de la fecha de la escritura de escisión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de la Escisión, los cuales se encuentran a disposición en el domicilio social. Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la escisión en los términos señalados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas. No existen obligaciones ni titulares de derechos especiales, ni se otorgan ventajas ni privilegios algunos a los Administradores de las sociedades que intervienen.

Logroño, 15 de abril de 2003.-Los Administradores Solidarios de ambas Sociedades, José Miguel Jiménez Eguizábal y María Begoña Jiménez Eguizábal.-18.928. y 3.a 19-5-2003.

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