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Documento BORME-C-2004-106235

PATROGAS, S. L. (Sociedad absorbente) DINSA ABANDO INVERSIONES, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 106, páginas 15738 a 15738 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-106235

TEXTO

A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de carácter Universal de las sociedades Patrogas, S. L. y Dinsa Abando Inversiones, S. L., celebradas el día 18 de mayo de 2004, acordaron la fusión por absorción de Dinsa Abando Inversiones, S. L., como sociedad absorbida, por parte de Patrogas, S. L., como sociedad absorbente, todo ello de acuerdo a los dispuesto en el Proyecto de Fusión por absorción redactado y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Navarra.

En virtud de la fusión aprobada, la sociedad absorbida Dinsa Abando Inversiones, S. L., se disuelve sin liquidación y transmite en bloque a título de sucesión universal la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente Patrogas, S. L., que adquiere la totalidad de sus derechos y obligaciones. Las referidas Juntas Generales han aprobado asimismo, como Balances a los efectos de la fusión, los cerrados a 31 de diciembre de 2003, aprobándose también que los efectos de las operaciones realizadas por la sociedad absorbida que se extingue se entenderán realizadas por la sociedad absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2004. Del mismo modo, se ha aprobado la ampliación de capital de la sociedad absorbente Patrogas, S. L. en la cifra de 9.377,16 euros mediante la emisión de 156 participaciones sociales de 60,11 euros de valor nominal, emitidas con una prima de emisión que se corresponde con la diferencia de valor de los patrimonios aportados por la sociedad absorbida con respecto de la cifra del aumento de capital. No se conceden ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades, ni derecho alguno para ningún tipo de socios.

Se hace constar, según establece el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley, durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Tudela (Navarra), 23 de mayo de 2004.-Los Administradores solidarios, María Teresa Gil Cacho y Florencio Pablo Catalán Díaz.-26.825.

1.a 3-6-2004.

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