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Documento BORME-C-2004-108438

PROSODIA IBÉRICA, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) PROSODIE ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal SERVICIOS INFORMÁTICOS ABIERTOS DE TELECOMUNICACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 16069 a 16070 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-108438

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo previsto en los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales de Prosodia Ibérica, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal, Prosodie España, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal y Servicios Informáticos Abiertos de Telecomunicación, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal celebradas con carácter universal, el día 1 de junio de 2004, en Madrid, aprobaron el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los administradores de las tres sociedades citadas con fecha 31 de marzo de 2004 y, en consecuencia, la fusión por absorción de Prosodie España, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal y Servicios Informáticos Abiertos de Telecomunicación, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal por Prosodia Ibérica, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal, con extinción sin liquidación de las dos primeras citadas y transmisión en bloque de sus patrimonios a Prosodia Ibérica, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal como sociedad absorbente, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas y en los términos del citado proyecto de fusión.

De igual manera las Juntas Generales aprobaron los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2003, balance, que en el caso de Prosodie España, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal, ha sido verificado por el auditor de cuentas de la sociedad.

Siendo Prosodia Ibérica, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal, sociedad absorbente, titular del 100 por 100 del capital social de las sociedades absorbidas, no es necesario ampliar el capital social de Prosodia Ibérica, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal, ni fijar el tipo ni el procedimiento de canje de las acciones, así como tampoco modificar los Estatutos sociales de la sociedad absorbente.

Las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir de 1 de enero de 2004.

No existirá ninguna clase de ventajas, en relación con los administradores de las sociedades que se fusionan. No existirán en la sociedad absorbente titulares de participaciones privilegiadas o que tengan derechos especiales distintos de las participaciones.

De conformidad con lo previsto en el Artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición, que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto y del Artículo 166 del mismo texto legal, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de fusión.

Madrid, 2 de junio de 2004.-Don Pierre Lombardy, Administrador Único de Prosodia Ibérica, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal; Don Georges Jacques Croix, Administrador Único de Servicios Informáticos Abiertos de Telecomunicación, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal; y Don Ángel Antonio Durán Pérez-Caballero, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Prosodie España, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal.-28.258. y 3.a 7-6-2004.

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