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Documento BORME-C-2004-114043

CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE, BANCAJA

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 17045 a 17046 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-114043

TEXTO

Sexto programa de emisión de pagarés Entidad emisora: Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, con domicilio social en Castellón, calle Caballeros, 2, fundada en 1878, CIF G-46002804, inscrita en el Libro Registro Especial de Cajas de Ahorro Popular del Banco de España, número 49, folio 30, y en el Registro de Cajas de Ahorros de la Comunidad Valenciana con el número 4.

Saldo vivo máximo: El saldo vivo máximo, en cada momento, amparado por el presente programa de emisión será de 2.000 millones de euros.

Nominal unitario: El nominal de cada pagaré será de 10.000 euros.

Petición mínima: Cada orden de suscripción será, como mínimo, de 10 pagarés de 10.000 euros de nominal cada uno de ellos.

Forma de representación: Mediante anotaciones en cuenta. El registro contable correrá a cargo de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR), con domicilio social en Madrid, calle Pedro Teixeira, 8.

Fecha de emisión: Coincidirá con la fecha de desembolso del pagaré. Dicha fecha será, como mínimo, un día hábil después de la fecha de contratación.

Suscripción: La duración de este programa será de un año, a contar desde la fecha de la primera emisión realizada con cargo al presente programa de pagarés.

Interés nominal: El tipo de interés nominal será acordado entre el emisor y el suscriptor de cada pagaré, en función de los precios de mercado en cada momento. Dado que se trata de un activo emitido al descuento, la rentabilidad para el cliente vendrá dada por la diferencia entre el precio de venta o amortización y el de suscripción o adquisición.

Precio de la emisión: Los pagarés se suscribirán por su valor efectivo. Al tratarse de valores emitidos al descuento, el valor efectivo se determinará en el momento de emitir cada uno de los pagarés, en función del tipo de interés nominal pactado.

La fórmula para calcular dicho valor efectivo, conocidos el valor nominal y el tipo de interés de la operación, es la siguiente: Para plazos iguales o inferiores a 365 días: E = N 1 + ni 365 Para plazos superiores a 365 días: E = N (1+i)n/365 Siendo: N = Valor nominal del pagaré.

i = Tipo de interés nominal de la operación expresada en tanto por uno.

n = Número de días de vida del pagaré.

Amortización: A su vencimiento. Este estará comprendido entre 3 y 548 días (18 meses).

Precio de reembolso: Los pagarés se amortizarán por su valor nominal, con aplicación, en su caso, de la retención a cuenta que corresponda.

Garantías: La emisión está garantizada por la responsabilidad patrimonial universal de la Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, con arreglo a derecho.

Régimen fiscal: Durante la vida del empréstito, el régimen fiscal será el que se derive de la legislación vigente en cada momento. Las contraprestaciones de todo tipo, cualquiera que sea su naturaleza, dinerarias o en especie, como los intereses y cualquier otra forma de retribución pactada como remuneración, así como las derivadas de la transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos tendrán la consideración de rendimientos del capital mobiliario, obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios. De acuerdo con la disposición transitoria primera y el artículo 17 del Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre, se aplicará retención del 15 por 100 a las transmisiones, amortizaciones o reembolsos de activos financieros con rendimiento implícito formalizados desde el día 1 de enero de 1999.

La retención se aplicará a la diferencia entre el precio de transmisión o amortización y el de suscripción o adquisición. No estarán sujetos a retención los sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades, siempre que se cumplan las condiciones del artículo 57 a) del Impuesto de Sociedades, modificado por el artículo 40 del Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre.

Cotización: La Entidad emisora solicitará la admisión a cotización de los valores emitidos en el mercado oficial de la AIAF de Renta Fija.

Liquidez: Se ha firmado un contrato con la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y con "Banco Sabadell, Sociedad Anónima", que actuarán como entidades de contrapartida, para dar liquidez a estos pagarés. Las condiciones más relevantes de los mismos están recogidas en el folleto informativo. Dichos contratos están registrados, asimismo, en la CNMV.

Folleto de emisión: Existe un folleto informativo y un tríptico gratuitos a disposición del público en todas las sucursales de la Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja. La responsabilidad del folleto queda asumida por el Director general de la Entidad. Dicho folleto ha sido inscrito en los Registros Oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 9 de junio de 2004.

Valencia, 10 de junio de 2004.-El Director general, José Fernando García Checa.-31.739.

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