Contido non dispoñible en galego
Que por acuerdo de la Junta de Socios de fecha 15 de marzo de 2004, se acordó entre otros la modificación de los artículos 7.o, 8.o, 9.o, 10.o y 11.o de los Estatutos Sociales, procediéndose a la creación de prestaciones accesorias y a modificarse el régimen de transmisión de participaciones sociales, teniendo derecho los socios que no votaron a favor de dicho acuerdo a separarse de la sociedad en el plazo de un mes desde la presente publicación, de conformidad con los artículos 95 y 97 de la Ley de Sociedades Limitadas y los artículos 196, 206 y 208 del Reglamento del Registro Mercantil.
Sant Boi de Llobregat, 11 de junio de 2004.-El Administrador único, Javier Oliveras Abadía.-33.429.
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