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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 106 y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace saber que la Junta General Extraordinaria de la Sociedad, de carácter universal, celebrada el 29 de marzo de 2004 aprobó por unanimidad la reactivación de la sociedad, disuelta por acuerdo de la Junta General de 21 de noviembre de 2003, una vez desaparecida la causa legal de disolución, sin que hubiese comenzado el pago de la cuota de liquidación a los socios al momento de adoptarse el acuerdo de reactivación.
Los partícipes y acreedores tienen el derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance aprobado por la Junta General, y los Acreedores podrán oponerse en los términos señalados en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 16 de abril de 2004.-El Administrador único. Juan Ramón Allegue Pantín.-33.370.
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