Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2004-130039

GALPGEST PETROGAL ESTACIONES DE SERVICIO, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) GESOIL, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 19278 a 19278 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-130039

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los Socios únicos de las sociedades Galpgest Petrogal Estaciones de Servicio, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal y Gesoil, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, en fecha 28 de junio de 2004, decidieron la fusión por absorción de la entidad Galpgest Petrogal Estaciones de Servicio, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, por la entidad Gesoil, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, que adquiere a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de, Galpgest Petrogal Estaciones de Servicio, Sociedad Limitada., Sociedad Unipersonal, la cual se disuelve sin liquidación, y ello sobre la base del Balance de Fusión de cada una de las Compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2003, y debidamente auditados al estar las Sociedades obligadas a verificar sus Cuentas Anuales. Igualmente, y como consecuencia de la fusión, la sociedad absorbente Gesoil, Sociedad Limitada., Sociedad Unipersonal, modificará su denominación social adoptando la denominación de la sociedad absorbida, esto es Galpgest Petrogal Estaciones de Servicio, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal. Como consecuencia de lo anterior, la sociedad absorbente, modifica el artículo 1 de sus estatutos sociales.

La fusión por absorción ha sido acordada conforme al Proyecto de Fusión aprobado por los Socios Únicos de ambas Entidades y que fue redactado y suscrito conjuntamente por los Órganos de Administración de las sociedades participantes.

La fecha de los efectos contables de la operación de fusión es el día 1 de enero de 2004.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las mencionadas sociedades, a obtener el texto íntegro de la decisión adoptada y los Balances de Fusión y a solicitar su entrega o envío gratuitos, así como del derecho de oposición que podrán ejercer los acreedores, en el plazo y términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 29 de junio de 2004.-El Secretario de los Consejos de Administración de las sociedades, Don Joaquín Motos Clemente.-34.189.

y 3.a 7-7-2004.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid