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Documento BORME-C-2004-136039

GENERAL DE HORMIGONES, S. A. (Sociedad absorbente) HORMIGONES SAN TIRSO, S. A. Sociedad unipersonal HORMIGONES TORIO, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 20029 a 20029 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-136039

TEXTO

Anuncio de fusión Las Juntas generales de accionistas de "General de Hormigones, S. A.", "Hormigones San Tirso, S. A.", y "Hormigones Torio, S. L.", celebradas con el carácter de universales el día 30 de junio de 2004, adoptaron, por unanimidad, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en los Registros Mercantiles de Asturias, León y Valladolid, el acuerdo de aprobar la fusión por absorción de "Hormigones San Tirso, S. A.", y "Hormigones Torio, S. L." por "General de Hormigones, S. A.", como sociedad absorbente, con extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a "General de Hormigones, S. A.", quien adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, sin que haya lugar al aumento del capital de la entidad absorbente, al ser dueña de todo el capital social de las sociedades absorbidas.

Asimismo, las mencionadas Juntas generales aprobaron también el respectivo Balance de fusión, cerrado al 31 de diciembre de 2003.

Las operaciones efectuadas por "Hormigones San Tirso, S. A.", y "Hormigones Torio, S. L.", se entenderán realizadas, a efectos contables, por "General de Hormigones, S. A.", a partir del 1 de enero de 2004.

La fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno. No existen clases especiales de acciones o participaciones sociales, ni derechos especiales distintos de las acciones o participaciones sociales, ni derechos especiales distintos de las acciones o participaciones sociales en ninguna de las sociedades que participan en la fusión. No se otorgan ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, ni a los expertos independientes, cuya intervención no ha sido necesaria.

Los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tendrán derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Asimismo, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, a 1 de julio de 2004.-El Administrador solidario de "General de Hormigones, S. A.", y de "Hormigones San Tirso, S. A.", y "Hormigones Torio, S. L.", Julio González García.-35.553.

2.a 15-7-2004.

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