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Documento BORME-C-2004-147025

INDRA SISTEMAS, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) SISTEMAS INTEGRALES INDRASEG, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 21329 a 21329 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-147025

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que la Junta General de Accionistas de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" y el socio único de "Sistemas Indraseg, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), en sesiones celebradas el 26 y el 15 de junio de 2004, respectivamente, acordaron la fusión de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" por absorción de "Sistemas Integrales Indraseg, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), todo ello sobre la base de los respectivos balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2003, formulados por el Consejo de Administración de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima" el 25 de marzo de 2004 y por el Administrador único de "Sistemas Integrales Indraseg, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal) el 15 de marzo de 2004, y de conformidad con el Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 12 de mayo de 2004. Los principales términos del presente acuerdo de fusión son los siguientes: La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas al ser "Indra Sistemas, Sociedad Anónima", la socio única y, en consecuencia, la titular de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de "Sistemas Integrales Indraseg, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal).

La totalidad de las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida "Sistemas Integrales Indraseg, Sociedad Limitada" (Sociedad unipersonal), se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente "Indra Sistemas, Sociedad Anónima", desde el 1 de enero de 2004.

No existen, en la sociedad absorbida, titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales. Tampoco se otorgan ventajas de ningún tipo a favor de los administradores de las sociedades partícipes en la fusión.

No se producen modificaciones en los estatutos sociales de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima", como consecuencia de la fusión.

La fusión no conllevará modificación en la composición del Consejo de Administración de "Indra Sistemas, Sociedad Anónima".

Los Administradores de las sociedades que se fusionan han informado a sus respectivas juntas generales de que no se ha producido ningún hecho extraordinario o que modifique de manera importante el activo o el pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión, lo que se hace constar a los efectos del artículo 238.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 28 de julio de 2004.-Vicesecretario del Consejo de Administración de Indra Sistemas, Sociedad Anónima, Carlos González Soria.-38.532. 1.a 30-7-2004.

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