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Documento BORME-C-2004-150100

TECNOLOGÍA DE LA CONSTRUCCIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA (TECONSA) (Sociedad absorbente) COMPAÑÍA VISUEÑA DE CONSTRUCCIONES URBANAS, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 21831 a 21831 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-150100

TEXTO

Se pone en conocimiento público la fusión por absorción de Tecnología de la Construcción, Sociedad Anónima, (TECONSA), con domicilio social en Madrid, calle Serrano número 41, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 5.161, Libro 0, Folio 78, Sección 8.a, Hoja M-84.493, como sociedad absorbente con su filial unipersonal Compañía Visueña de Construcciones Urbanas, Sociedad Anónima, (COVICONSA), con domicilio social en El Viso del Albor (Sevilla), calle San Pedro Nolasco número 4-B, inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, al tomo 1.580, folio 1, hoja número SE-8.829, por acuerdo de la Junta General de Accionistas de la sociedad absorbente TECONSA, y por decisión del socio único de la sociedad absorbida COVICONSA, adoptados el 30 de junio de 2004.

La fusión a la que le resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, se realiza en los términos del Proyecto de Fusión depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Sevilla. Producirá la tramitación en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a favor de TECONSA, como absorbente. Como balances de fusión se fijan los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2003. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por cuenta de TECONSA, a efectos contables, es el 1 de enero de 2004. No se atribuyen ventajas especiales a los administradores de las sociedades que se fusionan, y no existen acciones ni derechos especiales.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Igualmente se reconoce, de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la misma en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes contado desde la fecha del tercer y último anuncio de los acuerdos de fusión.

Madrid, 23 de julio de 2004.-El Presidente del Consejo de Administración de Tecnología de la Construcción, Sociedad Anónima, José Martínez Núñez. El Presidente del Consejo de Administración de Compañía Visueña de Construcciones Urbanas, Sociedad Anónima, José Martínez Núñez.-38.239.

y 3.a 4-8-2004.

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