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Ampliación del objeto social
En cumplimiento de lo establecido por el artículo 150.1 del Real Decreto legislativo 1564/1998, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se informa acerca de la ampliación del objeto social, modificándose el artículo cuarto, hoy segundo, de los Estatutos Sociales, que queda redactado así: «La sociedad tendrá por objeto lo siguiente: el negocio de compraventa de casas, edificios, su construcción y promoción, y solares de todo género. La explotación comercial o industrial. La explotación de alojamientos turísticos extrahoteleros. Arrendamientos de locales para negocios, oficinas e industriales».
San Bartolome de Lanzarote, 21 de febrero de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración, Juan de Dios Robledo Nieto.-44.089.
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