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Documento BORME-C-2004-186030

VIAJES ANUBIS, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 186, páginas 27360 a 27360 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-186030

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 165 y 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento que, en la Junta general ordinaria y extraordinaria de accionistas celebrada el día 30 de junio de 2004, se adoptó con el voto favorable del 85 por 100 el capital social, entre otros, el acuerdo de compensar pérdidas con cargo a reservas, reducir el capital social a cero euros mediante la amortización de las 1.400 acciones actuales, números 1 al 1.400, ambos inclusive, de 130 euros de valor nominal cada una de ellas y simultáneamente para sanear la economía social y eliminar el desequilibrio entre capital y el patrimonio social producido por las pérdidas, aumentar el capital social en la cifra de 1.250.000 euros mediante la emisión de 50 acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie de 25.000 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del número 1 al 50, ambos inclusive, que deberán ser suscritas y desembolsadas en aportaciones dinerarias en las siguientes condiciones: Desembolso: La suscripción y desembolso se realizará mediantea el ingreso en la cuenta corriente número 2042 0131 733300006243, abierta a nombre de la sociedad en la Caixa d`Estalvis Laietana, agencia número 0131 (Passeig de Dintre). Derecho de suscripción preferente: Se concede a los actuales accionistas de la compañía el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil para que puedan ejercitar el derecho de adquisición preferente de acuerdo con lo establecido en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas. Plazo general de suscripción: Una vez transcurrido el plazo para ejercer el derecho de suscripción, si quedan acciones no suscritas se concede un plazo de 15 días más, a contar de la finalización del plazo para el ejercicio del derecho de suscripción, para que estas acciones queden a disposición del administrador, quien en dicho plazo las podrá ofrecer a terceros no socios quienes deberán ingresar en la cuenta antes indicada su valor. Suscripción incompleta: Si han transcurrido los plazos anteriores (plazo de ejercicio del derecho de suscripción y el plazo general de suscripción) y no se ha suscrito todo el capital, éste se entenderá ampliado en la cuantía suscrita sin que tengan los socios derecho a restitución de las cantidades que hubieren desembolsado. Derechos políticos y económicos: Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos y participarán de los mismos beneficios sociales que las precedentemente amortizadas.

Blanes, 27 de agosto de 2004.-El Administrador único, Jaume Deyà Ripoll.-43.209.

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