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Documento BORME-C-2004-209045

PROMOTORA RESIDENCIAL COSTA BRAVA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 31294 a 31294 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-209045

TEXTO

Disolución y liquidación

En Arenys de Mar, a 12 de agosto de 2004, con asistencia del capital desembolsado (60.101,21 € representado por 10.000 acciones de valor nominal cada una 6,010121 €), válidamente constituida por aceptar todos ellos expresamente y por unanimidad la celebración de la misma, eligiéndose para actuar de Presidente y Secretario a los Srs. Jorge Amat Grau y Jorge Salvador Juan Amat Llistosella, respectivamente, quienes aceptaron el cargo. La celebración de la junta ha cumplido todos los requisitos de los art. 97 y 87 del RRM, tomándose por unanimidad los acuerdos detallados a continuación, levantándose seguidamente el acta correspondiente, que fue leída a los presentes, siendo aprobada también por unanimidad y constando en dicha acta los nombres y las firmas de todos los asistentes.

Acuerdos adoptados:

Primero.-Disolver la sociedad «Promotora Residencial Costa Brava, S.A.», de conformidad con lo que dispone el art. 260 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Segundo.-Declarar cesado de conformidad con el art. 267 de la Ley de Sociedades Anónimas al administrador único de la sociedad Jorge Amat Grau, aprobando la gestión social por él realizada. Está presente en este acto y se da por notificado de su cese. Tercero.-Nombrar Liquidador de la sociedad a Jorge Amat Grau, mayor de edad, casado en régimen de separación de bienes y de vecindad civil catalana, vecino de Canet de Mar, Avda. Llimoners, 36; con DNI 77.606.916-V. El nombrado liquidador presente en este acto, acepta el cargo, tomando posesión del mismo en este acto, y manifiesta que no le alcanza incompatibilidad alguna para desempeñarlo. Cuarto.-Se hace constar que no existen deudas en el patrimonio social. Quinto.-Aprobar el Balance final de liquidación cerrado en el día de hoy, siendo el siguiente:

Sexto.-Proceder al reparto del patrimonio líquido resultante de la liquidación de la siguiente forma:.

Don Jorge Amat Grau, mayor de edad, vecino de Canat de Mar, Avda. Llimoners, 36; con DNI número 77.606.916-V, titular de 2475 acciones ns.101-2575 inclusives, percibe 1,87€ en efectivo metálico.

Don Jorge Salvador Juan Amat Llistosella, mayor de edad, vecino de Canet de Mar, Avda. Llimoners, 34, con DNI número 40.185.829-E, titular de 2575 acciones ns. 1-100 y 2576-5050 inclusives, percibe 1,94 € en efectivo metálico. Don Juan Marsol Vives de la Cortada, mayor de edad, vecino de Barcelona, P.º Manuel Girona, 74, con DNI número 37.960.565-P, titular de 1980 acciones ns. 5051-7030 inclusives, percibe 1,49 € en efectivo metálico. Doña Mercedes Obiols Enfedaque, mayor de edad, vecina de Barcelona, P.º Manuel Girona, 74, con DNI número 37.698.318-F, titular de 1980 acciones ns. 7031-9010 inclusives, percibe 1,49 € en efectivo metálico. Doña Francisca Obiols Enfedaque, mayor de edad, vecina de Barcelona, c. Manila 43, con D.N.I. número 37.878.973-C, titular de 495 acciones ns. 9011-9504 inclusives, percibe 0,37 € en efectivo metálico. Don Jorge Garos Sambola, mayor de edad, vecino de Barcelona, c. Manila 43, con D.N.I. número 37.888.431-W, titular de 495 acciones ns. 9506-10000 inclusives, percibe 0,37 € en efectivo metálico.

Todos tienen nacionalidad española, vecindad catalana y están casados en régimen matrimonial de separación de bienes.

Con el percibo de estas cantidades, en efectivo metálico corriente, todos los socios se declaran completamente saldados, liquidados y finiquitados en relación a su participación en la sociedad, prometiendo nada más pedir ni reclamar. En consecuencia, se ha procedido al reparto de todo el haber social existente y a la anulación de todas las acciones de la sociedad. Séptimo.-Habiéndose terminado todas las operaciones de liquidación, se solicita conforme a lo dispuesto en el art. 247 de la R.R.M. la cancelación de los asientos registrales que figuran extendidos a nombre de la Sociedad en el Registro Mercantil. Han sido aprobados el informe completo sobre las operaciones de liquidación y el proyecto de división entre los socios del activo resultante. A los efectos establecidos en el art. 202 de la Llei d'Ordenació de l'Edificació, 38/99 de 5 de noviembre, el órgano de administración hace constar que la sociedad no ha promovido ninguna edificación respecto de la cual se hayan de prestar garantías en los términos exigidos en la citada Ley. Octavo.-Delegar y facultar expresamente al liquidador de la sociedad para que provisto de la correspondiente certificación, y demás anexos que la complementen, eleve a públicos los acuerdos precedentemente adoptados, suscribiendo y firmando cuantos documentos públicos y privados fueren menester, incluso de complemento, aclaración y/o subsanación, hasta la inscripción de los mismos en el Registro correspondiente. Facultarlo para que asuma el deber de conservación de los libros de comercio, correspondencia, documentación y justificantes concernientes al tráfico de la sociedad durante el plazo de seis años a contar desde la fecha de asiento de la cancelación de la sociedad. Debatidos y votados los precedentes puntos, fueron aprobados por los accionistas concurrentes, por unanimidad, sin oposición ninguna ni impugnación.

Arenys de Mar, 22 de septiembre de 2004.-El Liquidador, Jorge Amat Grau.-47.526.

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