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En los anuncios del acuerdo de escisión publicado en el BORME de los días 18, 19 y 22 de diciembre de 2003, se omitió dejar constancia del derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Beneficiarias para oponerse a la escisión en los términos del art. 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 29 de enero de 2004.-D. Julio Begara Bueno, Presidente de la Sociedad "Promociones y Construcciones Granmansión, S.L.".-3.458.
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