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Documento BORME-C-2004-211039

EMPRESAS DEL BIERZO AGRUPADAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 31604 a 31604 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-211039

TEXTO

Ampliación de Capital Social

La Junta General Extraordinaria de la Sociedad del día 17 de septiembre de 2004 en segunda convocatoria, acordó por unanimidad ampliar el capital social de la entidad por importe máximo de dos millones setecientos sesenta mil euros (2.760.000,00 euros), con las siguientes condiciones:

Se emitirán cincuenta y cinco mil doscientas acciones nominativas nuevas, numeradas correlativamente del número 2.761 al 57.960, ambos incluidos, de la misma clase y tipo de las anteriores en circulación, emitidas a la par, es decir, por su valor nominal que asciende a cincuenta euros por acción (50,00 euros).

Suscripción y desembolso: las nuevas acciones deberán ser desembolsadas en su totalidad en el momento de su suscripción, mediante ingreso en efectivo de su valor en la cuenta bancaria que la entidad tiene abierta en la sucursal principal de la entidad financiera Caja España, Camp, de Ponferrada (León). Plazo de suscripción: el plazo para suscribir la ampliación será de seis meses a contar desde la fecha de la Junta, de manera que finalizará el día 17 de Marzo de 2005. Este plazo se cerrará si la suscripción es cubierta en cualquier momento antes de la finalización del período de seis meses señalado. Personas ajenas a la Sociedad: podrán acceder a la ampliación de capital las personas o entidades ajenas a los socios actuales, una vez haya transcurrido el plazo de un mes desde la publicación de la ampliación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, plazo en el que los socios pueden ejercer su derecho de adquisición preferente legal y estatutariamente establecido. Los socios suscriptores podrán asimismo suscribir, una vez transcurrido el plazo de un mes desde la publicación de la ampliación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, las acciones no suscritas por los socios en el ejercicio de su derecho de suscripción preferente. La ampliación se realizará, en el caso en el que en el plazo de suscripción previsto no se hubiera suscrito su totalidad, por la cuantía en que haya sido suscrita a la fecha de la terminación del plazo. Se faculta al Consejo de Administración de la Sociedad a fijar las condiciones del aumento en todo lo no expresamente previsto en el acuerdo tomado.

En Ponferrada, León a, 18 de septiembre de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración.-Don Antonio Cubero Cubero.-48.485.

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