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Documento BORME-C-2004-216088

PROYECTO AGRÍCOLA DÍEZ, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 32373 a 32373 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-216088

TEXTO

Anuncio de escisión total

la Junta General Universal de Socios de Proyecto Agrícola Díez, Sociedad Limitada, celebrada con todos los requisitos legales el 04 de Noviembre de 2004, ha aprobado, por unanimidad, la operación de escisión total y el balance de escisión cerrado a 31 de Agosto de 2004 de Proyecto Agrícola Díez, Sociedad Limitada, la cual se extingue sin liquidación transmitiendo en bloque los elementos de su activo y de su pasivo a las Sociedades beneficiarias de nueva creación Promociones Alverquer, Sociedad Limitada, y Proyecto Agrícola Díez, Sociedad Limitada -entidad esta última que conservará la denominación de la sociedad escindida-, todo ello ajustándose íntegramente al Proyecto de Escisión de fecha 28 de Octubre de 2004 formulado por el órgano de administración de Proyecto Agrícola Díez, Sociedad Limitada y depositado en el Registro Mercantil de Madrid. Conforme a lo dispuesto en el Proyecto de Escisión y a los tipos de canje aprobados, se atribuyen a los socios de Proyecto Agrícola Díez, Sociedad Limitada, participaciones sociales de las entidades beneficiarias en la misma proporción de la participación que ostentan en la Sociedad escindida. El criterio en que se funda el reparto es, pues, de proporcionalidad estricta, que asegura la igualdad de trato a todos los socios. Se ha optado por que la presente operación de escisión total quede sometida al régimen fiscal especial previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y demás beneficios tributarios. De conformidad con lo dispuesto en la vigente ley de Sociedades Anónimas, por remisión de lo previsto en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar expresamente:

El derecho de los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de Escisión.

El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión total de oponerse a la misma dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión total. En su caso, el derecho a examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la vigente ley de Sociedades Anónimas que asiste a las personas relacionadas en el mismo precepto.

Madrid, 4 de noviembre de 2004.-Las Administradoras Solidarias de Proyecto Agrícola Díez, Sociedad Limitada, Doña María Belén Centenera Centenera y Doña María Coral Centenera Centenera.-50.510.

1.ª 10-11-2004

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