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Documento BORME-C-2004-217067

PARADIGMAS LOGÍSTICOS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 32562 a 32563 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-217067

TEXTO

Reducción de Capital Social

La Junta General de accionistas de la sociedad en su reunión de fecha 15 de julio de 2004, adoptó, entre otros, los acuerdos que, en forma reducida, se relacionan:

Reducir, dentro del ejercicio 2004, con devolución de aportaciones a los accionistas, el capital social de la compañía en la cifra de 90.128,03 euros, minorando el valor nominal de cada acción, actualmente fijado en 60,10 euros, a 24,05 euros, por lo tanto, disminuyendo 36,05 euros por cada una de las 2.500 acciones en que se distribuye el capital social de la compañía.

Dejar constancia de que la finalidad de la reducción es la devolución de aportaciones a los accionistas, y que el procedimiento es la disminución del nominal de las acciones, afectando a todas las acciones por igual. Hacer constar que los acreedores tendrán derecho a oponerse a la reducción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas. Facultar al Administrador Único de la sociedad, entre otras autorizaciones, para determinar la fecha de reducción de capital dentro del ejercicio 2004. El Administrador Único, una vez concluida la Junta General de accionistas de la sociedad celebrada en dicha fecha del 15 de julio de 2004 adoptó los siguientes acuerdos, en relación con la referida operación societaria:

Ejecutar el acuerdo de reducción del capital social por devolución de aportaciones a los accionistas, estableciendo como fecha de referencia, en la que tendrán derecho a devolución quienes sean accionistas de la sociedad, el día 25 de julio de 2004, a razón de 36,05 euros por acción.

Fijar como fecha límite de pago, el día 31 de diciembre de 2004, actuando como entidad pagadora la propia sociedad, en su domicilio social. Al tratarse de las acciones nominativas, la percepción de dicha devolución se efectuará directamente al accionista. Dejar constancia de que el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, en la modalidad de operaciones societarias, será satisfecho por los socios, que tienen la consideración de contribuyentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 b) del Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993 de 24 de septiembre. Adaptar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales a la nueva cifra del capital social. Consecuentemente se modifica la redacción del artículo 5.º de los Estatutos que queda del siguiente tenor:

«Artículo 5.º El Capital social se fija en sesenta mil ciento veinticinco (60.125,00) euros, representado en dos mil quinientas (2.500) acciones de veinticuatro euros con cinco céntimos de euro (24,05) de valor nominal cada una de ellas y numeradas correlativamente del número 1 al 2.500, ambos inclusive totalmente desembolsado.

Los títulos de las acciones expresarán las circunstancias exigidas por el artículo 53 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, estarán firmado por el Administrador Único y se cortarán de libros talonarios. Las acciones se registrarán en un libro registro que llevará la Sociedad, en el que se inscribirán las sucesivas transferencias de las acciones, con expresión del nombre, apellidos, razón social o denominación social, en su caso, nacionalidad y domicilio de los sucesivos titulares, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre aquéllas.»

Madrid, 20 de septiembre de 2004.-El Administrador Único, Íñigo Sordo Escalante.-50.234.

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