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Correción de errores
En los anuncios de escisión parcial publicados los días 3, 4 y 5 de agosto de 2004 en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 149, 150 y 151, no se indicó, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad beneficiaria de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión que corresponde a los acreedores de la sociedad beneficiaria, que deberá ser ejercitado con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de la citada ley durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de estos acuerdos.
Mollet del Vallés, 16 de noviembre de 2004.-Los administradores, Juan Alonso Simón, Mercedes Beltrán Torres.-52.255.
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