Contingut no disponible en català
Escisión parcial
En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas Generales y Extraordinarias de las Sociedades «Blans-Gumo, Sociedad Limitada», «Mora 33, Sociedad Limitada» y «L´Activa Restauració, Sociedad Limitada», celebradas con carácter universal el día 22 de noviembre de 2004, acordaron por unanimidad, la escisión parcial de «Blans-Gumo, Sociedad Limitada» que segregará de su patrimonio social las Ramas de actividad «fabricación de pan y pastelería» y «restauración y venta de alimentación» y las traspasará en bloque a las Sociedades ya existentes beneficiarias de la escisión «Mora 33, Sociedad Limitada» y «L´Activa Restauració, Sociedad Limitada» respectivamente, que incorporarán en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dichas ramas de actividad, subrogándose «Mora 33, Sociedad Limitada» y «L´Activa Restauració, Sociedad Limitada», en todos los derechos y obligaciones de las referidas ramas de actividad segregadas de «Blans-Gumo, Sociedad Limitada» que no se extinguirá y continuará su actividad principal de alquiler, administración y gestión de inmuebles de todas clases, tanto propios como ajenos. La escisión se llevará a efecto según el Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Girona el 22 de noviembre de 2004, y con los respectivos Balances de «Blans-Gumo, Sociedad Limitada» y «Mora 33, Sociedad Limitada», cerrados a 31 de julio de 2004 y de «L´Activa Restauració, Sociedad Limitada» cerrado a 10 de octubre de 2004.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de escisión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de Escisión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de escisión que consideren que les perjudica, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
En Blanes, a 23 de noviembre de 2004.-El Administrador único de «Blans-Gumo, Sociedad Limitada», «Mora 33, Sociedad Limitada» y «L´Activa Restauració, Sociedad Limitada».-Firmado don Salvador Gutiérrez García.-53.333. 1.ª 29-11-2004
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid