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Documento BORME-C-2004-23047

RODILLA SÁNCHEZ, S. L. (Sociedad absorbente) SANDALCA HOSTELERÍA, S. A. SELFSANDWICH RESTAURACIÓN, S. L. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 23, páginas 3469 a 3469 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-23047

TEXTO

En las Juntas Universales de las Sociedades celebradas el 30 de enero de 2004 en el domicilio de cada una de las Sociedades, se acordó por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la Absorción de Sandalca Hostelería, Sociedad Anónima y Selfsandwich Restauración, Sociedad Limitada, por Rodilla Sánchez, Sociedad Limitada siendo la Sociedad Absorbente titular de la totalidad de las Acciones o Participaciones de las Sociedades Absorbidas, adquiriendo Rodilla Sánchez, Sociedad Limitada, el patrimonio de Sandalca Hostelería, Sociedad Anónima y Selfsandwich Restauración, Sociedad Limitada, cuyos activos y pasivos pasan globalmente a la Sociedad absorbente, quien los asume a título de Sucesión Universal, todo ello de conformidad con el proyecto de fusión depositado el 24 de octubre de 2003 en el Registro Mercantil de Madrid. Como consecuencia, Sándalca Hostelería, Sociedad Anónima y Selfsandwich Restauración, Sociedad Limitada, Sociedades Absorbidas, se disuelven sin Liquidación, con extinción de su personalidad jurídica, siendo Rodilla Sánchez, Sociedad Limitada, titular del cien por cien del capital de Sandalca Hostelería, Sociedad Anónima y Selfsandwich Restauración, Sociedad Limitada no es necesario, en virtud del Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, la mención del tipo y procedimiento de canje [Artículo 235 Ley Sociedades Anónimas letras b) y c)] ni tampoco aumentar el capital en Rodilla Sánchez, sociedad Limitada ni elaborar el informe de los Expertos Independientes sobre el proyecto de fusión.

Las operaciones de Sandalca Hostelería, Sociedad Anónima y Selfsandwich Restauración, Sociedad Limitada Sociedades Absorbidas, se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de Rodilla Sánchez, Sociedad Limitada, sociedad absorbente a partir del 1 de septiembre de 2003. La fusión no conllevará el otorgamiento de ventajas ni derechos especiales. Los socios, accionistas y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Fue puesta a disposición de los trabajadores la documentación a que se refiere el artículo 238 de la Ley Sociedades Anónimas, con un mes de antelación a la fecha de la Junta. De acuerdo con el Artículo 243 de la Ley Sociedades Anónimas y el Artículo 94 LRSL, durante el plazo de un mes a partir de la fecha del último anuncio de los presentes acuerdos, los acreededores de todas las sociedades tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 30 de enero de 2004.-Bernardo Rodilla Sánchez, Presidente del Consejo de Administración de Rodilla Sánchez, S.L.; de Sandalca Hostelerías, S.A., y de Selfsandwich Restauración, S.L.-3.506. 1.a 4-2-2004.

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