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Documento BORME-C-2004-238059

LAGOS DE CASTELLAR, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 238, páginas 36097 a 36097 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-238059

TEXTO

Ampliación de capital

La Junta General Extraordinaria de la sociedad, celebrada el 23 de noviembre de 2004, ha acordado la ampliación del capital social en cincuenta y ocho mil novecientos dos euros (58.902 €), mediante la emisión de 19.364 acciones al portador, numeradas del 401 al 20.034, ambas inclusive, con un valor nominal cada una de ellas de tres euros (3 €); sin prima de emisión, y de la misma serie y clase que las 400 acciones preexistentes. A los efectos previstos en el artículo 158 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica a los señores accionistas que pueden ejercitar su derecho de suscripción preferente, dentro del plazo de un mes desde la publicación de ese anuncio, mediante comparecencia ante el Notario de Algeciras (Cádiz) don Miguel Muñoz Cervera, suscribiendo las acciones que proporcionalmente les correspondan, y desembolsándolas en un 25 por ciento por ciento mediante cheque bancario o conformado, nominativo al expresado fedatario, que habrá de ser entregado al tiempo de la suscripción.

Para el caso de suscripción incompleta, los accionistas que concurran a la ampliación, podrán manifestar su interés en suscribir más acciones de las que queden vacantes; lo que dará lugar a que la parte de suscripción incompleta sea distribuida entre los accionistas que hayan hecho constar su voluntad de suscribir acciones en segunda vuelta. Distribución que se hará en proporción a las acciones de cada uno de los accionistas suscriptores. El desembolso del 25 %de las acciones adjudicadas para suscripción en segunda vuelta habrá de efectuarse dentro de los quince días siguientes al en que se comuniquen las acciones asignadas de la suscripción incompleta. El desembolso habrá de efectuarse en la misma forma que se ha determinado para la suscripción en primera vuelta. Si no se desembolsasen en el plazo indicado las acciones asignadas de la suscripción incompleta, volverían a distribuirse entre los restantes accionistas que hubiesen manifestado su voluntad en tal sentido. El plazo para el desembolso en este caso será el de diez días desde la comunicación.

Algeciras, 26 de noviembre de 2004.-El Presidente, Federico Benet Fernández.-56.212.

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