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Documento BORME-C-2004-239061

RECREATIVOS CRUCES, S. L. (Sociedad escindida parcialmente) OPERLERMA, S. L. (Sociedad beneficiaria de reciente creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 36273 a 36273 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-239061

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace publico que todos los socios de Recreativos Cruces, Sociedad Limitada, por unanimidad en la Junta General Extraordinaria y Universal de socios, celebrada en fecha 3 de diciembre de 2004, y todos los socios de Operlerma, Sociedad Limitada, por unanimidad en la Junta General Extraordinaria y Universal de socios, celebrada en fecha 3 de diciembre de 2004, decidieron aprobar el balance de escisión, el proyecto de escisión y por tanto la escisión parcial de la sociedad Recreativos Cruces, Sociedad Limitada, mediante la segregación de una parte de su patrimonio consistente en la unidad económica constituida por la explotación de máquinas que operan en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, traspasando en bloque el patrimonio segregado a la sociedad de reciente creacion «Operlerma, Sociedad Limitada». A los solos efectos de llevar a cabo la operación de escisión parcial, se aprueba la reducción de capital social y disminución de las reservas voluntarias de Recreativos Cruces, Sociedad Limitada, por el valor del patrimonio escindido, es decir, por importe de cincuenta y siete mil ciento noventa euros (57.190 euros) reduciendo la cifra de capital social por importe de dos mil veinte euros (2.020 euros), mediante la disminución del valor nominal de todas sus participaciones sociales, cuyo valor nominal pasará de 6,01 euros por participación a 5 euros, y disminuyendo las reservas voluntarias por importe de cincuenta y cinco mil ciento setenta euros, (55.170 euros) modificándose, en consecuencia, el articulo 4.º de los Estatutos sociales. Los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida y de la beneficiaria tienen a su disposición, en los domicilios sociales, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto integro del acuerdo adoptado, el Balance de escisión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238, de la Ley de Sociedades Anónimas.

Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio, los acreedores de las referidas sociedades pueden oponerse a la escisión, en los términos previstos en el artículos 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Cruces-Baracaldo, 3 de diciembre de 2004.-El Adminitrador Único de Recreativos Cruces, Sociedad Limitada, Manuel Herrero Bartolome y El Administrador Único de Operlerma, Sociedad Limitada, Manuel Herrero Bartolome.-56.021. 2.ª 14-12-2004

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