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Documento BORME-C-2004-33044

RESIDENCIAL MARCOR 1, S. L. (Sociedad absorbente) RESIDENCIAL MARCOR 2, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 33, páginas 4814 a 4814 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-33044

TEXTO

Anuncio de fusión Las Juntas generales universales extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el 17 de diciembre de 2003, aprobaron, por unanimidad, su fusión sobre la base de los Balances de 31 de julio de 2003, también aprobados por las Juntas, mediante absorción de "Residencial Marcor 1, Sociedad Limitada", por "Residencial Marcor 2, Sociedad Limitada", todas ellas inscritas en el Registro Mercantil de Fuerteventura, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en ese Registro el día 17 de noviembre de 2003, depósito publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" número 238, de 15 de diciembre de 2003, el cual fue también aprobado, por unanimidad de las Juntas. Como consecuencia de la absorción se modifica el artículo 6 de los Estatutos sociales de la sociedad absorbente, siendo su capital ampliado hasta 409.586 euros.

La relación de canje es de 4,9 participaciones de la sociedad absorbente por participación social entregada de la absorbida. Las nuevas participaciones sociales dan derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión, 1 de enero de 2004. Los titulares de participaciones de la sociedad absorbida habrán de presentar, a efectos de su canje por participaciones de la sociedad absorbente, los títulos o documentos que acrediten de manera suficiente dicha titularidad en el domicilio social de la absorbente y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que, inscrita la fusión, los señores socios de la sociedad absorbida reciban noticia de tal inscripción, mediante carta certificada cursada por la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Puerto del Rosario, 21 de enero de 2004.-Los Administradores de las sociedades fusionadas, Rafael Martínez Cortiña Pont, "Marcor Consultoría y Gestión, Sociedad Limitada".-4.894.

2.a 18-2-2004.

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