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Documento BORME-C-2004-38037

JUNIBSE, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad parcialmente escindida) MAIT SIGLO XXI, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 38, páginas 5490 a 5490 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-38037

TEXTO

Anuncio de escisión La Junta General de socios de Junibse, Sociedad Limitada, en su reunión del día 31 de enero de 2004, acordó, por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad segregando la parte de su patrimonio (activo y pasivo) que constituye la unidad económica (rama de actividad) de la actividad inmobiliaria en beneficio de la sociedad de nueva creación Mait Siglo XXI, Sociedad Limitada, sin extinción de la escindida, traspasando en bloque a la citada sociedad, a título de sucesión universal, la parte del patrimonio escindido, según el Proyecto de Escisión redactado e informado por la Administración de Junibse, Sociedad Limitada y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, sobre el balance de escisión cerrado el 31 de octubre de 2003, considerándose las operaciones de la sociedad escindida correspondientes a la unidad económica segregada realizadas por cuenta de la beneficiaria, a efectos contables, a partir de 1 de noviembre de 2003, siendo esta fecha la de participación de las nuevas participaciones en las ganancias sociales.

En la sociedad beneficiaria no se otorgará derecho ni ventaja especial alguna, ni existen en la escindida titulares de derechos especiales distintos de los derivados de su condición de socios.

La escisión acordada se acogerá al régimen fiscal previsto en el Capítulo VIII del Título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y balance de escisión que estarán a su disposición en el domicilio social, así como el derecho de los acreedores que estén en el caso del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el 166 de la misma, a oponerse a la escisión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de escisión.

Madrid, 1 de febrero de 2004.-El Administrador Único de Junibse, Sociedad Limitada, D. Juan J.

Ballesteros Sevilla y el Administrador Único de Mait Siglo XXI, Sociedad Limitada, doña María Teresa González Álvarez.-6.041. y 3.a 25-2-2004.

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