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Documento BORME-C-2004-93148

DERIVADOS FITOTERAPÉUTICOS, S. A. (Sociedad absorbente) INVESPLANT 2000, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 93, páginas 13380 a 13380 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-93148

TEXTO

Anuncio de acuerdo de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las respectivas juntas generales ordinarias de accionistas, celebradas con carácter universal el día 29 de Abril de 2004, aprobaron por unanimidad la fusión de las sociedades Invesplant 2000, Sociedad Anónima y Derivados Fitoterapéuticos, Sociedad Anónima, mediante la absorción de Invesplant 2000, Sociedad Anónima (sociedad absorbida) por Derivados Fitoterapéuticos (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la absorbida y adquisición en bloque y a título universal por la absorbente del patrimonio social y de todos los derechos y obligaciones de la absorbida, en los términos y condiciones previstos en el proyecto de fusión redactado y suscrito por todos los administradores de las dos sociedades con fecha 15 de enero de 2004, y previamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid y Toledo y publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Asimismo fueron aprobados, por unanimidad, los respectivos balances de fusión y se acordó que las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2004.

Al ser la absorbente la titular de la totalidad del capital social de la absorbida, no procede ampliación de capital social, ni ha sido necesaria la intervención de expertos independientes, por lo que no se otorgan ventajas de ninguna clase a los expertos independientes. Tampoco se otorgan ventajas de ninguna clase a los administradores de las sociedades participantes.

No existen obligaciones ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones.

Los accionistas y acreedores tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, conforme a lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión con arreglo a lo previsto en el artículo 166, conforme establece el artículo 243, ambos de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Como consecuencia de la absorción se modifica el artículo 1 de los estatutos sociales de la sociedad absorbente, de tal modo que la denominación de la misma pasó a ser "Exxentia, Grupo Fitoterapéutico, Sociedad Anónima".

Madrid, 4 de mayo de 2004.-El Secretario del Consejo de las sociedades fusionadas, Juan Zabía de la Mata.-20.713. 2.a 17-5-2004.

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