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Documento BORME-C-2004-98289

GESTIÓN DE SEGURIDAD Y CONTROL, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 14186 a 14186 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-98289

TEXTO

Convocatoria de Junta general extraordinaria De acuerdo con lo previsto en los artículos 152 y 144 de la Ley de Sociedades Anónimas, se convoca a los socios de esta mercantil a la Junta general extraordinaria, que se celebrará el próximo día 30 de junio de 2004, en el domicilio social de esta mercantil, a las veinte horas, en primera convocatoria, y a las veintiuna, en segunda, al objeto de desarrollar el siguiente Orden del día Primero.-Aumento del capital social en la cantidad de 75.000 euros mediante compensación de créditos contra la sociedad y la creación de 750 nuevas acciones sociales, indivisibles y acumulables, de 100 euros cada una de ellas, numeradas del 754 al 1.553, inclusive.

Segundo.-Ejercicio del derecho de adquisición preferente, si procede.

Tercero.-Modificación del artículo séptimo de los Estatutos sociales referente al capital social y a las acciones.

Cuarto.-Facultar al Administrador único de la sociedad para elevar a público los acuerdos que se adopten en la Junta.

Quinto.-Lectura y aprobación del acta por los presentes, si procede.

Se hace saber a los señores accionistas que conforme a lo previsto en el artículo 144.C) de la Ley de Sociedades Anónimas, tienen derecho a examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y del informe del Administrador único sobre la misma, así como la certificación del Auditor de cuentas, y de pedir la entrega o el envío gratuito de dichos documentos.

Se hace saber a los señores accionistas que conforme al artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, podrán ejercitar en el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil su derecho de suscripción preferente sobre un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean, abonando a los titulares de los créditos compensables, por parte de sus créditos, la cantidad que para ello fuere necesaria.

Lorca, 13 de mayo de 2004.-José Ponce Díaz, Administrador único.-21.843.

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