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Reactivación de la sociedad
En Junta general universal, celebrada el 11 de mayo de 2005, se acuerda por unanimidad reactivar la sociedad disuelta de pleno derecho por disposición transitoria 6.a de la Ley de Sociedades Anónimas, y transformarla en sociedad limitada, así como el derecho de oposición de acreedores y obligacionistas a esta reactivación en el plazo de un mes desde la publicación.
Madrid, 18 de mayo de 2005.-El Administrador solidario, Leopoldo Arnaiz Eguren.-26.293.
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