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Documento BORME-C-2005-104263

PAPELES Y CARTONES DE EUROPA, S. A. (EUROPA&C)

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 15530 a 15531 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-104263

TEXTO

Ampliación de capital social

En el marco del acuerdo de capital autorizado de la Junta General de Accionistas de 4 de febrero de 2005, el Consejo de Administración de Papeles y Cartones de Europa, S.A. (Europa&C) de 27 de mayo de 2005 ha acordado aumentar el capital social de la compañía en la cuantía de diez y nueve millones trescientos sesenta y siete mil ciento dieciocho euros (19.367.118 euros), hasta la cifra de noventa y seis millones ochocientos treinta y cinco mil quinientos noventa y cuatro euros (96.835.594,00 euros) por aportaciones dinerarias, mediante la emisión y puesta en circulación de 9.683.559 acciones, todas de la misma serie y clase, en la proporción de 1 acción nueva por cada 4 que estén ya previamente emitidas. La prima total de la emisión asciende a 13.556.982,60 euros, siendo el desembolso efectivo de la ampliación de 32.924.100,60 euros, con las características siguientes:

a) Nominal de las acciones.-El valor nominal de cada nueva acción será de dos euros (2 euros).

b) Prima de emisión.-Las nuevas acciones se emiten con una prima de emisión por cada nueva acción de 1,40 euros, lo que representa un importe total, nominal más prima de emisión, de 3,40 euros. c) Derecho de suscripción preferente.-Los accionistas destinatarios del aumento tendrán derecho al ejercicio de suscripción preferente en la señalada ampliación, pudiendo suscribir 1 acción nueva por cada 4 de las acciones antiguas de que sean titulares. A fin de cuadrar la proporción una acción nueva por cada cuatro antiguas, se informa a los Sres. Accionistas que se renuncia a los derechos correspondientes a 2 de las acciones en autocartera. Serán accionistas destinatarios del aumento los titulares de acciones que figuren inscritos como tales en los registros contables de «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.» (IBERCLEAR) con anterioridad al inicio del periodo de suscripción. Se hace constar que en la actualidad no existen bonos ni obligaciones convertibles en circulación, a los efectos del derecho de suscripción preferente atribuible a sus tenedores. d) Plazo para la suscripción y transmisión en Bolsa de estos derechos.-Se fija el plazo de quince (15) días desde la fecha de publicación del anuncio de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) para la suscripción de las nuevas acciones y transmisión en Bolsa de sus derechos. e) Tipo de emisión y desembolso.-Los accionistas destinatarios del aumento tendrán derecho a suscribir 1 acción nueva por cada 4 de las acciones antiguas. El capital suscrito y prima de emisión deberán desembolsarse íntegramente y mediante aportaciones dinerarias en el momento de la suscripción, a través de las entidades participantes ante las cuales hubieran presentado su orden de suscripción. La compañía correrá con los gastos de la operación. f) Suscripción incompleta: Para el supuesto que quedaran acciones no suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente, existirá un periodo adicional de dos (2) días hábiles siguientes al cierre del Periodo de Suscripción Preferente (en adelante el «Periodo Adicional») que sólo podrá ser ejercitada por aquellos accionistas e inversores que hubiesen suscrito acciones en el Periodo de Suscripción Preferente, y así lo hubiesen solicitado. Si hubiese un exceso de peticiones en dicho Periodo Adicional, se aplicará un prorrateo que se expone a continuación. En caso de que existan acciones sobrantes tras el Periodo de Suscripción Preferente y tras el Periodo Adicional o segunda vuelta, en los dos (2) días siguientes al final del Periodo Adicional, el Consejo de Administración podrá bien ofrecer las acciones sobrantes a accionistas o terceros o declarar la suscripción incompleta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas, acordando aumentar el capital solo en la cuantía de las suscripciones efectuadas. g) Prorrateo: Para el Periodo Adicional está prevista la realización de un prorrateo en el caso de que la suma de acciones solicitadas para dicho periodo exceda del número de acciones sobrante tras el Período de Suscripción Preferente. Dicho prorrateo se practicará de forma proporcional, distribuyendo las acciones sobrantes en proporción al número de valores que los accionistas o titulares de derechos de suscripción preferente, hubieran solicitado adicionalmente durante el Período de Suscripción Preferente, redondeándose, en su caso, por defecto, y, en último término, por sorteo. En este caso, se procederá a distribuir las acciones sobrantes entre las solicitudes formuladas para el Periodo Adicional por orden alfabético, según el campo «Nombre y Apellidos o Razón Social» de las solicitudes de suscripción recibidas por la Entidad Agente empezando por la letra que resulte de un sorteo a celebrar ante fedatario público, sorteo que se efectuará el día hábil siguiente a la finalización del Periodo Adicional. En caso de que en la utilización del campo «Nombre y Apellidos y Razón Social» resultara un empate, el campo determinante será el primer número del «NIF» (de menos a más). h) Derechos políticos y económicos.-Las nuevas acciones emitidas conferirán a sus propietarios los mismos derechos y obligaciones que las acciones que se encuentren en circulación de la compañía al día de su admisión a cotización. i) Folleto de emisión.-Con fecha 31 de mayo de 2005 ha sido inscrito en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores un folleto informativo completo de ampliación de capital de acuerdo con los requisitos exigidos en la Legislación del Mercado de Valores, que se encuentra a disposición de los interesados en el domicilio social de la sociedad en Dueñas, Palencia, Carretera de Burgos a Portugal km 98 y en el domicilio operativo de la misma, sito en Alcobendas, Madrid, calle Anabel Segura n.º 16, planta tercera, 3.ª; en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona y en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

j) Cotización en Bolsa: Solicitar, ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores y los órganos competentes de las sociedades de Bolsas de Madrid y Barcelona y el Sistema de Interconexión Bursátil, la admisión a cotización de las nuevas acciones a través del Sistema de Interconexión Bursátil dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción de la escritura pública de ampliación de capital en el Registro Mercantil de Palencia, facultándose al Secretario del Consejo de Administración D.ª Sol Fernández-Rañada y al Presidente de dicho consejo, Corporación Oudaloi, S.A., para que, cualquiera de ellos, de manera indistinta realicen cuantas actuaciones y otorguen cuantos Documentos públicos o privados sean necesarios para admisión a cotización de las nuevas acciones en las Bolsas y en el sistema de interconexión bursátil.

Madrid, 31 de mayo de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración. Sol Fernández-Rañada López-Dóriga.-30.114.

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