En cumplimiento de las disposiciones legales aplicables se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria y Universal de Accionistas de Scytl Online World Security, Sociedad Anónima (en adelante, la sociedad parcialmente escindida) acordó, el 2 de junio de 2005, entre otros acuerdos, la escisión parcial de la rama del juego remoto de la sociedad parcialmente escindida a favor de la sociedad de nueva creación Kroopier Technologies, Sociedad Limitada (en adelante, la sociedad beneficiaria) , todo ello en los términos del proyecto de escisión parcial, suscrito por el órgano de administración de la sociedad parcialmente escindida el 25 de mayo de 2005 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona y utilizando como balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2004.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de la sociedad parcialmente escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la sociedad parcialmente escindida. Los acreedores de la sociedad parcialmente escindida podrán oponerse a dichos acuerdos de conformidad con el artículo 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el plazo y los términos establecidos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 2 de junio de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración de la sociedad parcialmente escindida, Carles Ferrer Roqueta.-31.396.
1.ª 9-6-2005
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