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Documento BORME-C-2005-131075

INMOBILIARIA ELECTRA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 19945 a 19945 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-131075

TEXTO

Ampliación de capital

En la Junta general ordinaria de accionistas del día 29 de junio de 2005, se acordó llevar a cabo una ampliación de capital en las siguientes condiciones:

Importe de la ampliación: 7.701.148,64 euros.

Acciones a emitir: 2.163.244 acciones nominativas de 3,56 euros de valor nominal cada una de ellas. Proporción: La ampliación se efectuará en la proporción 0,39 acciones nuevas por 1 antigua. Derecho de suscripción preferente: Los accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del presente anuncio. Participación en los derechos políticos y económicos: Las nuevas acciones procedentes de la ampliación gozarán de iguales derechos políticos y económicos que las antiguas, actualmente en circulación. Desembolso: El contravalor del aumento de capital consistirá en aportaciones dinerarias y se efectuará un desembolso inicial de un 25 por cien y el resto, también en metálico, en una o varias veces, dentro de un plazo máximo de 5 años cuando lo determine El Consejo de Administración. A tal efecto, los accionistas de la sociedad que ejerzan su derecho de suscripción preferente, deberán ingresar en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Oficina Principal de Valencia, cuenta número 0182-2339-67-0010853202 la suma correspondiente al ejercicio del derecho indicado, remitiendo seguidamente a la emisora duplicado del ingreso a los oportunos efectos. La suscripción debe tramitarse a través de cualquier entidad de crédito o intermediario financiero, quienes tramitarán al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Oficina Principal de Valencia, cuenta número 0182-2339-67-0010853202, todas las órdenes recibidas con los datos identificativos del suscriptor y número de acciones suscritas, dentro del plazo indicado, junto con el ingreso de los desembolsos correspondientes. En el caso de no suscribirse la totalidad de las acciones emitidas durante el período indicado de suscripción preferente, el Consejo de Administración podrá asignar las acciones no suscritas a los accionistas que hayan ejercitado su derecho de adquisición preferente y se pronuncien en tal sentido, y, en su defecto, a las personas físicas o jurídicas, socios o no socios, que están interesadas en la suscripción de las acciones sobrantes. A tal efecto, el Consejo de Administración dispondrá de un plazo de diez días hábiles siguientes al del cierre del derecho de suscripción preferente anteriormente indicado.

Si no se suscribiesen la totalidad de las acciones emitidas dentro de los plazos indicados, el capital social quedará ampliado por el importe efectivamente suscrito.

Valencia, 4 de julio de 2005.-El Presidente del Consejo de Administración.-Por Urbanite, S.L., Federico Serratosa Caturla.-38.192.

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