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Documento BORME-C-2005-135052

SABADELL MUTUAL, MUTUALITAT DE PREVISIÓ SOCIAL A PRIMA FIXA I A PRIMA VARIABLE (Entidad absorbente) CAIXA MUTUAL, MUTUALITAT DE PREVISIÓ SOCIAL A PRIMA FIXA (Entidad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 20501 a 20501 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-135052

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 279/2003, de 4 de noviembre, las mutualidades identificadas en el encabezamiento anuncian:

Primero.-Adopción del acuerdo: Las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de ambas mutualidades, celebradas en fecha 30 de junio de 2005, han adoptado por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos: Aprobar el proyecto conjunto de fusión de las mutualidades; aprobar los Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2004; en base a los mismos, aprobar la fusión de ambas mutualidades mediante la absorción por «Sabadell Mutual, Mutualitat de Previsió Social a Prima Fixa i a Prima Variable» de «Caixa Mutual, Mutualitat de Previsió Social a Prima Fixa», con disolución sin liquidación de esta, y transmisión en bloque de su patrimonio social a la absorbente, que amplía su fondo mutual en 30.050,61 euros y se hace cargo de todos los bienes, derechos y obligaciones y actividades de la absorbida, subrogándose en los contratos formalizados por ésta; atribuir a la fusión efectos contables a partir del día 31 de diciembre de 2005, fecha desde la cual las operaciones de la mutualidad que se extingue han de considerarse realizadas por la absorbente; dejar constancia de que en la mutualidad absorbida no hay participaciones de clases especiales, ni derechos especiales; y no atribuir ventajas en la mutualidad absorbente a los Consejeros de las mutualidades.

Todo ello de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por todos los miembros del Consejo de Administración de la mutualidad absorbente y de la Junta Directiva de la mutualidad absorbida el día 11 de mayo de 2005, que quedó depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 25 de mayo de 2005. Segundo.-Derechos de mutualistas y acreedores: Se hace constar el derecho que asiste a los mutualistas y a los acreedores de cada una de las mutualidades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las mutualidades, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión. Asimismo, los socios disidentes y los no asistentes disponen del plazo de un mes para adherirse al acuerdo de fusión. Tercero.-Eficacia: La eficacia de la fusión queda condicionada a la obtención de la autorización administrativa de la Direcció General de Política Financiera i Assegurances.

Cuarto.-Domicilios: Ambas mutualidades tiene su domicilio en Sabadell, avenida Francesc Macià, número 54. La Direcció General de Política Financiera i Assegurances tiene su domicilio en Barcelona, paseo de Gràcia, número 19.

En Sabadell a, 8 de julio de 2005.-El Consejero de ambas mutualidades, Josep Casas Bedós.-39.821.

1.ª 15-7-2005

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