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Anuncio de escisión parcial
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de socios de Rokelín, Sociedad Limitada, celebrada con carácter de universal el 15 de julio de 2005, ha acordado proceder a la escisión parcial objetiva de Rokelín, Sociedad Limitada mediante la división de su patrimonio atendiendo a las distintas ramas de actividad que componen su objeto social (producción, distribución mayorista, distribución minorista o tiendas, franquicias, dirección y gestión de participaciones mayoritarias en sociedades), traspasando a las tres sociedades beneficiarias, que se constituirán en el proceso de escisión, las siguientes tres ramas: a la sociedad Corporación Rokelín, Sociedad Limitada, la rama de actividad de dirección y gestión de participaciones mayoritarias en sociedades, a la sociedad Rokelín Tiendas, Sociedad Limitada, la rama de actividad de la distribución minorista o tiendas; y a la sociedad Rokelín Franquicias, Sociedad Limitada, la rama de actividad de franquicias; permaneciendo en el patrimonio de Rokelín, Sociedad Limitada las ramas de actividad de producción y de distribución mayorista.
Se hace constar expresamente que asiste a los socios y acreedores el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión; y a los acreedores, el derecho de oposición a la escisión conforme a los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Teruel, 18 de julio de 2005.-El Administrador Solidario de Rokelín, S. L, don José Luis Orriols Ibáñez. 40.959. y 3.ª 28-7-2005
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