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Reducción de capital
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 30 de junio de 2005 el Accionista único de 3V Iberia, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, adoptó el acuerdo de reducción del capital social fijado en ciento ochenta mil trescientos (180.300) euros hasta la cifra de cero (0) euros, a fin de compensar pérdidas. Dicha reducción se lleva a cabo mediante la amortización de la totalidad de las acciones.
Simultáneamente se acordó el aumento del capital social hasta la cifra de tres mil seis (3.006) Euros. A los efectos de lo previsto en el artículo 169 de la Ley de Sociedades Anónimas, se deja expresa constancia de que la cifra del capital social está por debajo de la cifra mínima legal como consecuencia de que a continuación, y de forma simultánea, se aprobó la transformación de la Sociedad.
Barcelona, 25 de julio de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración de 3V Iberia, S. L., Sociedad Unipersonal, don Canzio Costantini.-42.353.
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