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Documento BORME-C-2005-150089

PEOPLENET, SICAV, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 22525 a 22526 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-150089

TEXTO

Reducción del capital social

Con arreglo al artículo 165 de la Ley de sociedades anónimas, comunicamos que la Junta general ordinaria de accionistas celebrada el 28 de junio de 2005, acordó por unanimidad: A) Reducir el capital social para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio disminuido por consecuencia de pérdidas así como para incrementar la reserva legal, sin devolución de aportaciones a los accionistas, mediante la reducción del valor nominal de todas las acciones desde 10 euros a 6,48 euros. Por tanto, siendo 1.052.246 el número actual de acciones en circulación, el Capital social es reducido en 3.703.905,92 euros, siendo destinados 3.536.040,33 euros a la compensación de pérdidas y 167.865,59 euros a incrementar la reserva legal. Asimismo, se acordó la consecuente modificación del artículo 5 de los Estatutos sociales siendo reducidas las cifras del capital inicial y capital estatutario máximo desde los 10.517.720 euros y 105.177.200 euros a los importes de 6.815.482,56 euros y 68.154.825,60 euros, respectivamente, representados por 1.051.772 y 10.517.720 acciones nominativas, respectivamente, de 6,48 euros de valor nominal cada una.

B) Reducir las cifras del capital social inicial y del estatutario máximo desde los referidos 6.815.482,56 euros y 68.154.825,60 euros a las cifras de 2.430.000 euros y 24.300.000 euros, respectivamente, representados por 375.000 y 3.750.000 acciones nominativas, respectivamente, de 6,48 euros de valor nominal cada una, volviendo a ser modificado el artículo 5 de los Estatutos sociales. Esta disminución se realiza sin devolución de aportaciones a los accionistas, mediante la anulación de las acciones correspondientes sin que afecte al número actual de acciones en circulación y su finalidad es proporcionar mayor liquidez a las acciones de la sociedad. Durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, los acreedores de la sociedad podrán ejercer su derecho de oposición al acuerdo de reducción de capital reseñado en el anterior apartado B), con arreglo a lo establecido en la Ley de Sociedades Anónimas.

El plazo de ejecución del acuerdo de reducción es de diez meses desde la fecha de su adopción.

Madrid, 27 de julio de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración, Cesáreo Espino Báez.-43.001.

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