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Documento BORME-C-2005-152005

ALBASIT DE HOSTELERÍA, S. L. (Sociedad escindida) ALBASIT DE HOSTELERÍA, S. L (Sociedad beneficiaria de nueva creación) NUEVA AL-BASIT, S. L. (Sociedad beneficiaria de nueva creación y absorbente) ARREN, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 22785 a 22785 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-152005

TEXTO

Escisión total y posterior fusión por absorción

En cumplimiento de los artículos 242.º y 254.º de la Ley Sociedades Anónimas y artículo 94.º de la Ley Sociedades Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la entidad «Albasit de Hostelería, Sociedad Limitada» celebrada en fecha 30 de abril de 2005 aprobó por unanimidad la escisión total de la entidad, por la que dicha sociedad se disuelve y extingue con división total de su patrimonio, que se traspasa a dos sociedades de nueva creación con las denominaciones sociales de «Albasit de Hostelería, Sociedad Limitada» y «Nueva Al-Basit, Sociedad Limitada», todo ello en los términos del proyecto de escisión total de la mercantil «Albasit de Hostelería, Sociedad Limitada» depositado en el Registro Mercantil de Albacete. Los efectos contables serán a partir de 1 de enero de 2005. Asimismo, en aplicación del mismo artículo, se hace constar que, en la misma Junta General Extraordinaria y Universal se aprueba aportación no dineraria especial de los socios de las participaciones de la entidad «Arren, Sociedad Limitada» a la mercantil «Nueva Al-Basit, Sociedad Limitada», aprobándose a continuación una fusión por absorción de las entidades «Nueva Al-Basit, Sociedad Limitada» (absorbente) y la entidad «Arren, Sociedad Limitada» (absorbida) en los términos del proyecto de fusión por absorción suscrito por el administrador único de ambas entidades, habiéndose depositado en el Registro Mercantil de Albacete. Los efectos contables serán a partir de 1 de enero de 2005.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la escisión total y fusión por absorción, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión total y fusión por absorción, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2004. Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a dichos acuerdos durante el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 166.º de la Ley Sociedades Anónimas.

Albacete, 5 de julio de 2005.-Administrador único. Eduardo Rubio Navarro.-43.411 2.ª 10-8-2005

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