Las Juntas Generales de las Entidades indicadas han acordado, en fecha de 30 de junio de 2005, la fusión de las mismas mediante la absorción de Rayya Hotels Sociedad Limitada y Tiseldom, Sociedad Limitada por Internacional de Inmuebles e Inversiones, Sociedad Limitada con disolución sin liquidación de las compañías absorbidas.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y obligacionistas de dichas sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores y obligacionistas a oponerse a dichos acuerdos en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio de fusión según lo establecido en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Benalmádena, 15 de julio de 2005.-D. Sultan Sharif Olama, Administrador de las Sociedades.-42.978.
y 3.ª 10-8-2005
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