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Documento BORME-C-2005-173061

VIRIATO, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 173, páginas 25760 a 25760 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-173061

TEXTO

La sociedad procede a reducir capital a cero realizando, a continuación, una ampliación de capital por un importe de doscientos mil euros por encontrarse en el supuesto del artículo doscientos sesenta uno cuarto de la Ley de Sociedades Anónimas. El procedimiento será el siguiente:

En base al balance cerrado a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, que ha sido auditado y verificado por los auditores de cuentas de la sociedad, según informe de fecha uno de junio de dos mil cinco, se acuerda, por unanimidad, reducir el capital social a cero, para compensar pérdidas. La eficacia de este acuerdo queda condicionada a la ejecución del acuerdo de ampliación de capital que se adopta a continuación. Se acuerda ampliar simultáneamente el capital hasta la cifra de doscientos mil euros. Si no se llegase a suscribir completamente dicha cantidad la ampliación se realizará en la cantidad que efectivamente se suscriba. La ampliación se realizará mediante la emisión de doscientas mil acciones de un euro de valor nominal cada una pertenecientes a una nueva serie única y numeradas de la uno a la doscientos mil. Las nuevas acciones se emiten con una prima de emisión total de un millón euros, cinco euros por acción. El desembolso se hará en su integridad en el momento de la suscripción en cualquier cuenta que tenga abierta la sociedad en cualquier entidad bancaria dándose, a título meramente orientativo, la del Banco de Galicia con número 0097 8943 67 0600057511. Se establece un período de suscripción preferente que durará un mes a partir de la fecha de publicación del anuncio de la ampliación de capital. Si los socios no ejercen su derecho en el plazo anteriormente previsto se entenderá que renuncian al derecho de suscripción preferente. A partir de ese momento se autoriza al órgano de administración para que proceda a colocar libremente las acciones sobrantes durante el plazo de un mes y, en su caso, declarar cerrada la ampliación con capital inferior. Se faculta a los administradores, indistintamente, para que den nueva redacción al artículo quinto de los estatutos sociales.

Órdes (A Coruña), 23 de agosto de 2005.-El Administrador Solidario, Alejandro Ríos Freijo.-45.994.

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