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Documento BORME-C-2005-178011

CENTROS COMERCIALES CECO, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad escindida) CECOSA SUPERMERCADOS, S. L. CECOSA DIVERSIFICACIÓN, S. L. CECOSA VARIOS, S. L. (Sociedades beneficiarias unipersonales de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 178, páginas 25721 a 25721 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-178011

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único de «Centros Comerciales Ceco, Sociedad Anónima» decidió con fecha 28 de julio de 2005 la escisión parcial de la sociedad, mediante la segregación de parte de su patrimonio y el traspaso en bloque de los elementos patrimoniales segregados a favor de las sociedades «Cecosa Supermercados, Sociedad Limitada», «Cecosa Diversificación, Sociedad Limitada», y «Cecosa Varios, Sociedad Limitada», todas ellas sociedades unipersonales, que se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la presente operación de escisión. Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida reducirá su capital social en la cifra de setenta y cuatro millones doscientos diecinueve mil ochocientos setenta y cinco euros con noventa y siete céntimos de euro, mediante la amortización de doce millones trescientas cuarenta y nueve mil trescientas noventa y siete acciones, quedando por tanto la cifra del capital social tras la reducción en la cantidad de setenta y nueve millones quinientos ochenta y un mil ochocientos cuarenta y un euros con setenta y un céntimos de euro. La escisión parcial de «Centros Comerciales Ceco, Sociedad Anónima», ha sido acordada en los términos establecidos en el proyecto de escisión de fecha 28 de julio de 2005, que se encuentra depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste al accionista y a los acreedores de «Centros Comerciales Ceco, Sociedad Anónima», a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la sociedad escindida. Asimismo los acreedores de «Centros Comerciales Ceco, Sociedad Anónima», podrán oponerse a la escisión parcial en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Elorrio, 5 de septiembre de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración de «Centros Comerciales Ceco, Sociedad Anónima», don Ricardo Araiz Pernau.-47.506.

y 3.ª 19-9-2005

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