Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2005-185068

OPER 2000, S. L. (Sociedad escindida parcialmente) PLANETMATIC, S. L (Sociedad beneficiaria ya constituida)

Publicado en:
«BORME» núm. 185, páginas 28338 a 28338 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-185068

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y artículo 253 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad «Oper 2000, Sociedad Limitada», celebrada en fecha 14 de septiembre de 2005, aprobó, previo informe de los Administradores, la escisión parcial de la compañía mediante la segregación de una parte de su patrimonio consistente en máquinas recreativas tipo «B», instaladas en establecimientos de hostelería ubicados en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de varios locales de hostelería y otros activos y pasivos afectos al patrimonio segregado, traspasando en bloque el patrimonio segregado a la sociedad ya constituida «Planetmatic, Sociedad Limitada», conforme al proyecto de escisión y con base en el Balance de la sociedad cerrado a 30 de abril de 2005. A los solos efectos de llevar a cabo la operación de escisión parcial, se aprueba la reducción del 45,04 por ciento del capital social de «Oper 2000, Sociedad Limitada», por el valor del patrimonio escindido, es decir, por importe de 129.936,20 euros, mediante la amortización de 2.162 participaciones sociales que afectará a los números de las participaciones sociales 2418 a 2576, ambas inclusive, 2574 a la 2752, ambas inclusive y 2957 a la 4800, ambas inclusive, produciéndose una ampliación de capital en «Planetmatic, Sociedad Limitada» de 21.620 participaciones sociales de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, por un importe de 129.936,20 euros, que serán considerados como aportación no dineraria de los socios cuyas participaciones sociales se reducen y amortizan en «Oper 2000 Sociedad Limitada», modificando los artículos sextos , respectivamente , de los Estatutos Sociales de ambas sociedades. El balance de escisión utilizado para la escisión es el cerrado a 30 de abril de 2.005, aprobado por la Junta General Extraordinaria de 30 de abril de 2.005, y todo ello con arreglo al proyecto de escisión de fecha 7 de Julio de 2.005, depositado el 18 de julio de 2005 en el Registro Mercantil de Ciudad Real y calificado e inscrito en dicho Registro en fecha 22 de Julio de 2005. Las operaciones de «Oper 2000, Sociedad Limitada» (sociedad escindida parcialmente) y «Planetmatic, Sociedad Limitada» (sociedad beneficiaria) se considerarán realizadas, a efectos contables, desde el 1 de agosto de 2005. No existen en la sociedad que se escinde titulares de participaciones sociales especiales o de derechos especiales a quienes pudieran reconocerse derechos en la sociedad beneficiaria, ni se atribuirán ventajas de ningún tipo a los administradores. Los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida «Oper 2000, Sociedad Limitada», tienen a su disposición, en el domicilio social de la sociedad, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de escisión y los documentos a que hace referencia el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y artículos 242,243 y 238, de la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio, los acreedores de la referida sociedad pueden oponerse a la escisión, en los términos previstos en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo las Juntas generales extraordinarias y universales de la sociedad «Oper 2000, Sociedad Limitada» y Planetmatic Sociedad Limitada», acordaron que la presente operación se acogerá al régimen fiscal especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores, contenido en el título VIII, Capítulo VIII, de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades. A estos efectos, se comunicará la opción a la Administración Tributaria en los términos establecidos en el capítulo II del título I del Reglamento del Impuestos sobre Sociedades, conforme a la modificación efectuada por Real Decreto 995/2001, de 10 de septiembre, y dentro del plazo de los tres meses siguientes a la fecha de inscripción de la escritura de fusión.

Ciudad Real, 14 de septiembre de 2005.-Los Administradores Mancomunados de «Oper 2000, Sociedad Limitada», «Codere, Sociedad Anónima», representada por Encarnación Martínez Sampedro, y Juan García Herrera y el Administrador único de «Planetmatic, Sociedad Limitada», Juan García Herrera.-49.126. 1.ª 28-9-2005

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid