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Documento BORME-C-2005-208028

CONGELADOS LIPESCA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 32614 a 32614 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-208028

TEXTO

Reducción y aumento de capital social

A los efectos previstos en los artículos 165 y 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se informa que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el pasado 30 de septiembre de 2005, se aprobó, entre otros, la reducción del capital social hasta cero euros mediante la amortización de todas la acciones existentes, con el fin de compensar perdidas. Simultáneamente, se aprobó la ampliación del capital social hasta la cifra de 501.295 euros, mediante la emisión de 4.685 nuevas acciones de ciento siete euros (107) de valor nominal, respetando el derecho de suscripción preferente de los accionistas en la proporción de una acción nueva por cada una de las acciones antiguas. El plazo de suscripción preferente finalizara transcurridos veintidós días naturales desde la fecha de publicación del presente anuncio. Las acciones deberán ser desembolsadas íntegramente en la suscripción, mediante transferencia o ingreso en efectivo en la cuenta corriente número 0049 1886 71 2110117167 abierta en la entidad bancaria Santander Central Hispano, a nombre de Congelados Lipesca, S. A., indicando «Ampliación de Capital año 2005», y debiendo remitir a la sociedad comunicación escrita indicando los datos del accionista suscriptor y acciones suscritas, y acompañando copia del resguardo de ingreso. Si alguno de los accionistas no ejercitara su derecho, sus acciones serán ofrecidas mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil», a aquellos accionistas que hubieran adquirido acciones durante el período antes indicado, los cuales, podrán suscribir el número de acciones que deseen, mediante su desembolso en la forma prevista en el número anterior, en el plazo que determine el Presidente o el Vicepresidente del Consejo de Administración. En el caso de que hubiera exceso de peticiones en segunda vuelta, se llevara a cabo un prorrateo entre los accionistas interesados en proporción al valor nominal de la acciones que posean una vez ejercitado su derecho de adquisición preferente. En ultima instancia se estará al procedimiento que acuerde el Presidente o el Vicepresidente del Consejo de Administración. La Sociedad, en su caso, procederá a devolver a los accionistas las cantidades abonadas en exceso.

Si el aumento de capital quedara suscrito sólo en parte, se llevará a efecto en la parte que haya sido suscrita.

Lleida, 18 de octubre de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración, Jaime Lafarga Maduell.-54.155.

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