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Documento BORME-C-2005-210077

MADERAS NORMALIZADAS ARRAHONA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) MADERAS NORMALIZADAS ARRAHONA 2005, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad de nueva creación, beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 33043 a 33043 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-210077

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la compañia «Maderas Normalizadas Arrahona, Sociedad Limitada», celebrada el día 30 de junio de 2005, aprobó por unanimidad, la escisión parcial de «Maderas Normalizadas Arrahona, Sociedad Limitada» (que tras la escisión se denominará Arrahona Patrimonial, Sociedad Limitada), mediante la segregación de parte de su patrimonio, sin extinguirse la sociedad respecto de la que se practica la escisión, y traspaso en bloque de los elementos segregados consistentes, en concreto, en los integrantes de la rama de actividad comercial, a favor de una Sociedad de Responsabilidad Limitada de nueva creación denominada «Maderas Normalizadas Arrahona 2005, Sociedad Limitada», que lo recibirá a su constitución a título de sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes de la rama de actividad traspasada, todo ello de conformidad con los términos del Proyecto de Escisión Parcial formulado y suscrito por los administradores de la sociedad respecto de la que se practica la escisión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 antes citado y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios partícipes, acreedores y obligacionistas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 243 del Texto Legal antes citado, el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas sociales de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En Sabadell (Barcelona) , 19 de octubre de 2005.-Los Administradores Solidarios de «Maderas Normalizadas Arrahona, Sociedad Limitada» Don Manuel Segarra Borrell y Don David Antonio Segarra Tell.-54.722.

y 3.ª 4-11-2005

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