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Acuerdo de escisión parcial
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General y Universal de socios de la entidad «Hostelerías Hupi, Sociedad Limitada», celebrada el 10 de agosto de 2004, acordó la segregación de parte del patrimonio social que será traspasado a la entidad «Textiles Hupi, Sociedad Limitada».
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance del patrimonio escindido, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la última publicación del acuerdo de escisión.
Cambados (Pontevedra), 18 de enero de 2005.-Administradora solidaria, Lidia Prieto Padín.-2.539.
2.ª 1-2-2005
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