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Documento BORME-C-2005-231050

GRUPO HOYOS PÁRRAGA, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) COMERCIAL INDUSTRIAL HOYOS, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal DISTIEL, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 231, páginas 37045 a 37045 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-231050

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por decisiones de los respectivos socios únicos de las sociedades epigrafiadas, adoptadas en los respectivos domicilios sociales el 30 de noviembre de 2005, se aprobó conforme al proyecto de fusión la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción por parte de Grupo Hoyos Párraga, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal (la sociedad absorbente) de Comercial Industrial Hoyos, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal y Distiel, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal (las sociedades absorbidas) . Como Balance de fusión de todas las sociedades participantes se aprobaron sus respectivos Balances cerrados a 30 de septiembre de 2005. Habida cuenta de que la operación se acoge al régimen de fusión simplificada previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no conlleva ninguna modificación de Estatutos en la sociedad absorbente, y no procede prever tipo de canje, ni procedimiento por el que serán canjeadas las acciones de las sociedades absorbidas, ni fecha a partir de la cual las participaciones de la sociedad absorbente darán derecho a participar en las ganancias sociales. La fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por las sociedades absorbidas se entenderán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, a efectos contables, es el 1 de enero de 2006. No se prevé ninguna ventaja o derecho a favor de titulares de acciones privilegiadas o derechos especiales distintos a las acciones, de expertos independientes ni de los Administradores de las sociedades que han intervenido en el proyecto de fusión. Finalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el Balance de fusión. No procede prever este derecho respecto a otros accionistas, por cuanto las sociedades intervinientes son unipersonales.

Se hace constar igualmente el derecho de oposición a la fusión que podrán ejercer los acreedores de cualquiera de las sociedades participantes en el improrrogable plazo de un mes, contado desde la fecha en que se publique el último anuncio del acuerdo de fusión.

Valencia, 1 de diciembre de 2005.-Doña María Hoyos Serrano, como Presidente y Consejera Delegada del Consejo de Administración de Grupo Hoyos Párraga, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal y representante persona física de dicha sociedad, Administradora única de Comercial Industrial Hoyos, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal y Distiel, Sociedad Anónima Sociedad unipersonal.-62.411. 1.ª 7-12-2005

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