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Documento BORME-C-2005-71129

VIUDA DE GASTELURRUTIA-FORJAS DE BERRIZ, S. A. (Sociedad escindida) FORJAS DE BERRIZ, S. L. (Sociedad beneficiaria de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 71, páginas 9861 a 9861 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-71129

TEXTO

Anuncio de escisión

Se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas Viuda de Gastelurrutia-Forjas de Berriz, Sociedad Anónima, celebrada con carácter universal el día 8 de abril de 2005, se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos:

Aprobar la escisión parcial de la sociedad Viuda de Gastelurrutia-Forjas de Berriz, Sociedad Anónima, consistente en la segregación y transmisión a una sociedad de nueva creación denominada Forjas de Berriz, Sociedad Limitada, de la rama de actividad constituida por la actividad de forja y estampación.

La escisión se acordó en los términos del Proyecto de escisión elaborado por el Consejo de Administración de Viuda de Gastelurrutia-Forjas de Berriz, Sociedad Anónima, con fecha 22 de marzo de 2005, con aprobación del balance de escisión cerrado a 31 de diciembre de 2004 y verificado por sus Auditores, y con la reducción de capital de la sociedad escindida por importe de 429.883,28 euros, mediante la amortización de 71.528 acciones de 6,01 euros de valor nominal, y reducción de las reservas voluntarias de la sociedad escindida por importe de 2.016.200,38 euros, siendo la suma de ambas partidas equivalente al valor neto patrimonial del patrimonio escindido y transmitido a la Sociedad beneficiaria de la escisión, Forjas de Berriz, Sociedad Limitada, que consecuentemente se constituirá con un capital de 429.883,28 euros, y con unas reservas de 2.016.200,38 euros. La sociedad escindida cambiará su denominación que pasará a ser Viuda de Gastelurrutia, Sociedad Anónima. Los socios de la sociedad escindida participarán en el capital de la sociedad beneficiaria en el mismo porcentaje que ahora ostentan en Viuda de Gastelurrutia-Forjas de Berriz, Sociedad Anónima. El proyecto de escisión parcial fue depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el 30 de marzo de 2005. Las operaciones relativas al patrimonio escindido de la sociedad Viuda de Gastelurrutia-Forjas de Berriz, Sociedad Anónima, se entenderán realizadas a efectos contables por la sociedad beneficiaria Forjas de Berriz, Sociedad Limitada, a partir del día 1 de enero de 2005. El presente anuncio se publica a los efectos del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, advirtiéndose expresamente que los socios y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades implicadas en la escisión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los presentes acuerdos.

Berriz, 8 de abril de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración.-15.106.

1.ª 14-4-2005

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